Sentencia Nº TC/0147/21 de Tribunal Constitucional, 20-01-2021
Número de sentencia | TC/0147/21 |
Fecha | 20 Enero 2021 |
Número de expediente | TC-05-2019-0253 |
Emisor | Tribunal Constitucional (República Dominicana |
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0253, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) contra la Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-00084, dictada
por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo, el once (11) de marzo de dos mil diecinueve (2019).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0147/21
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2019-0253, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia
de amparo interpuesto por el
Ministerio de Obras Públicas y
Comunicaciones (MOPC) contra la
Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-
00084, dictada por la Tercera Sala del
Tribunal Superior Administrativo, el
once (11) de marzo de dos mil
diecinueve (2019).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veinte (20) días del mes de enero del año dos mil veintiuno
(2021).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Lino Vásquez Sámuel, segundo sustituto;
Hermógenes Acosta de los Santos, José Alejandro Ayuso, Ana Isabel Bonilla
Hernández, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Antonio Gil, Wilson
S. Gómez Ramírez y Miguel Valera Montero, en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185 numeral 4 de la Constitución dominicana y 94de la Leynúm.
137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, del trece (13) de junio del año dos mil once (2011), dicta la
siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0253, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) contra la Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-00084, dictada
por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo, el once (11) de marzo de dos mil diecinueve (2019).
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I.ANTECEDENTES
1.Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-00084, fue dictada por la Tercera
Sala del Tribunal Superior Administrativo el once (11) de marzo de dos mil
diecinueve (2019). Su parte dispositiva expresa lo siguiente:
PRIMERO: Rechaza los incidentes presentados por la parte
accionada, MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y
COMUNICACIONES (MOPC);y la PROCURADURIA GENERAL
ADMINISTRATIVA, de acuerdo a los motivos esgrimidos en el cuerpo
de la sentencia.
SEGUNDO: Declara buena y valida, en cuanto a la forma, la presente
acción de Amparo de cumplimiento, incoada por, COLEGIO
DOMINICANO DE INGENIEROS, ARQUITECTOS Y
AGRIMENSORES (CODIA), por cumplir con los requisitos de Ley.
TERCERO: Acoge parcialmente la Acción de Amparo, y en
consecuencia ordena al MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y
COMUNICACIONES (MOPC), entregar las informaciones
correspondientes a: ¨1) copia certificada de todas las cartas de pago
contentivas de exoneraciones de pagos al CODIA expedidas por este
Ministerio de Estado; y 2) lista de sociedades comerciales y los
fideicomisos de bajo costo el ramo de las construcciones favorecidas
con la supraindicada exoneración mediante cartas de pago¨.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2019-0253, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) contra la Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-00084, dictada
por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo, el once (11) de marzo de dos mil diecinueve (2019).
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CUARTO: Impone una astreinte ascendente a quinientos pesos
dominicanos (RD$500.00) diarios contra el MINISTERIO DE OBRAS
PUBLICAS Y COMUNICACIONES (MOPC) y su ministro, Andrés
Navarro a favor de la parte accionante.
QUINTO: DECLARA libre de costas el presente proceso.
SEXTO: ORDENA la comunicación de la presente sentencia a la parte
accionante, COLEGIO DOMINICAN0O DE INGENIEROS Y
AGRIMENSORES (CODIA), a la parte accionada, MINISTERIO DE
OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES (MOPC) y la
PROCURADURIA GENERAL ADMINISTRATIVA, a los fines
procedentes.
SEPTIMO: ORDENA que la presente Sentencia sea publicada en el
Boletín del Tribunal Superior Administrativo.”
La referida sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-00084, fue notificada vía
secretaria del Tribunal Superior Administrativo a la parte recurrente, mediante
el Acto núm. 903-2019, del veintinueve (29) de mayodel año dos mil
diecinueve (2019), instrumentado por el ministerial Rolando Antonio
Guerrero, alguacil ordinario del Tribunal Superior Administrativo. A la parte
recurrida Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores
(CODIA) le fue notificada la indicada sentencia vía secretaria del Tribunal
Superior Administrativo mediante el Acto núm. 628/2019, del dieciséis (16)
de abril del año dos mil diecinueve (2019) instrumentado por el ministerial
Robinson Ernesto González, alguacil ordinario del Tribunal Superior
Administrativo.
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