Sentencia Nº TC/0177/20 de Tribunal Constitucional, 17-06-2020

Número de sentenciaTC/0177/20
Número de expediente TC-04-2019-0125
Fecha17 Junio 2020
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2019-0125, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
Janet A. de la Cruz Gerónimo, Mally Alexandra de León de la Cruz, Bélgica de León Gerónimo y Elys Gabriela de León
Gerónimo contra la Sentencia núm. 2108, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el diecinueve (19)
de diciembre de dos mil dieciocho (2018). Página 1 de 46
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0177/20
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2019-0125, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por Janet A.
de la Cruz Gerónimo, Mally
Alexandra de León de la Cruz, Bélgica
de León Gerónimo y Elys Gabriela de
León Gerónimo contra la Sentencia
núm. 2108, dictada por la Segunda
Sala de la Suprema Corte de Justicia el
diecinueve (19) de diciembre de dos
mil dieciocho (2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de junio del año dos mil veinte
(2020).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto;
Hermógenes Acosta de los Santos, José Alejandro Ayuso, Alba Luisa Beard
Marcos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos Khoury, Víctor
Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Gil, Wilson S. Gómez Ramírez y Katia
Miguelina Jiménez Martínez, en ejercicio de sus competencias constitucionales
y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 y 277 de la
Constitución de la República y 9, 53 y 54 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13)
de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2019-0125, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
Janet A. de la Cruz Gerónimo, Mally Alexandra de León de la Cruz, Bélgica de León Gerónimo y Elys Gabriela de León
Gerónimo contra la Sentencia núm. 2108, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el diecinueve (19)
de diciembre de dos mil dieciocho (2018). Página 2 de 46
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Sentencia núm. 2108, objeto del presente recurso de revisión constitucional
de decisión jurisdiccional, fue dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte
de Justicia el diecinueve (19) de diciembre del año dos mil dieciocho (2018);
esta rechaza el recurso de casación interpuesto por Janet A. de la Cruz
Gerónimo, Mally Alexandra de León de la Cruz, Bélgica de León Gerónimo y
Elys Gabriela de León Gerónimo, y su dispositivo reza de la siguiente manera:
Primero: Admite como interviniente voluntario a Luis María Núñez Brito
en el recurso de casación interpuesto por Janet Amarili de la Cruz
Gerónimo, Mally Alexandra de León de la Cruz, Bélgica de León
Gerónimo y Elys Gabriela de León Gerónimo, contra la sentencia
núm.1418-2017-SSEN-00087, dictada por la Primera Sala de la Cámara
Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo
Domingo el 6 de junio de 2017, cuyo dispositivo aparece copiado en
parte anterior de este fallo; Segundo: Rechaza el recurso de casación
interpuesto por Janet Amarili de la Cruz Gerónimo, Mally Alexandra de
León de la Cruz, Bélgica de León Gerónimo y Elys Gabriela de León
Gerónimo; en consecuencia, confirma en todas sus partes la sentencia
recurrida, por los motivos expuestos en el cuerpo de la presente decisión;
Tercero: Ordena que la presente decisión sea notificada a las partes y al
Juez de la Ejecución de la Pena del Departamento Judicial de Santo
Domingo para los fines correspondientes.
La sentencia impugnada fue notificada a la parte recurrente, Janet Amarili de la
Cruz Gerónimo, el veinticinco (25) de febrero de dos mil diecinueve (2019),
mediante Acto núm. 239/2019, instrumentado por el ministerial José Manuel
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Expediente núm. TC-04-2019-0125, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
Janet A. de la Cruz Gerónimo, Mally Alexandra de León de la Cruz, Bélgica de León Gerónimo y Elys Gabriela de León
Gerónimo contra la Sentencia núm. 2108, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el diecinueve (19)
de diciembre de dos mil dieciocho (2018). Página 3 de 46
Díaz Monción, alguacil ordinario de la Sexta Sala de la Cámara Civil y
Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
La parte recurrente, Janet Amarili de la Cruz Gerónimo, Mally Alexandra de
León de la Cruz, Bélgica de León Gerónimo y Elys Gabriela de León Gerónimo,
interpuso ante la Suprema Corte de Justicia, el once (11) de marzo de dos mil
diecinueve (2019), el presente recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional contra la referida sentencia núm. 2108, dictada por la Segunda
Sala de la Suprema Corte de Justicia el diecinueve (19) de diciembre de dos mil
dieciocho (2018).
El presente recurso ha sido notificado a la parte recurrida, señor Luis María
Núñez Brito, el quince (15) de marzo de dos mil diecinueve (2019), mediante
Acto núm. 90/2019, instrumentado por el ministerial Pavel E. Montes de Oca,
alguacil de estrados de la Novena Sala de la Cámara Penal del Juzgado de
Primera Instancia del Distrito Nacional.
Además, al Partido Reformista Social Cristiano, Seguros Pepín S.A y
Procuraduría General de la República, el quince (15) de marzo de dos mil
diecinueve (2019), mediante Acto núm. 91/2019, instrumentado por el
ministerial Pavel E. Montes de Oca, alguacil de estrados de la Novena Sala de
la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.
3. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia basó su decisión, entre otros
motivos, en los siguientes:

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