Sentencia Nº TC/0197/22 de Tribunal Constitucional, 26-07-2022

Número de sentenciaTC/0197/22
Fecha26 Julio 2022
Número de expedienteTC-05-2019-0085, TC-05-2019-0089
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expedientes núm. TC-05-2019-0085 y TC-05-2019-0089, relativo a los recursos de revisión en materia de amparo
interpuestos por el Ministerio de Defensa y Armada dela República Dominicana y porla Dirección Nacional de Control de
Drogas (DNCD) contra la Sentencia núm. 0030-04-2018-SSEN-00352 dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior
Administrativo, el ocho (8) de octubre de dos mil dieciocho (2018). Página 1 de 58
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0197/22
Referencia: Expedientes núm. TC-05-
2019-0085 y TC-05-2019-0089,
relativo a los recursos derevisión en
materia deamparo interpuestos por el
Ministerio de Defensa y Armada dela
República Dominicana y por la
Dirección Nacional deControl de
Drogas (DNCD) contra la Sentencia
núm. 0030-04-2018-SSEN-00352
dictada por laTercera Sala del
Tribunal Superior Administrativo, el
ocho (8) deoctubre dedos mil
dieciocho (2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de julio del año dos mil veintidós
(2022).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; Rafael D..F., primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; M.U..B.V.ega, J.P..r.
.
C..K., V.or J..C..P., M..V.
.
M., J.A.V..G. y E.V.A., en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 de la Constitución y 9 y 94 de la Ley núm. 137-
11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expedientes núm. TC-05-2019-0085 y TC-05-2019-0089, relativo a los recursos de revisión en materia de amparo
interpuestos por el Ministerio de Defensa y Armada dela República Dominicana y porla Dirección Nacional de Control de
Drogas (DNCD) contra la Sentencia núm. 0030-04-2018-SSEN-00352 dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior
Administrativo, el ocho (8) de octubre de dos mil dieciocho (2018). Página 2 de 58
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la
siguiente sentencia:
I.ANTECEDENTES
1.Descripción delasentencia recurrida enrevisión en materia de
amparo
La Sentencia de amparo núm. 0030-04-2018-SSEN-00352, objeto delos
presentes recursos derevisión fue dictada por la Tercera Sala del Tribunal
Superior Administrativo elocho (8) de octubre dedos mil dieciocho (2018).
Este fallo decidió la acción de amparo sometida por el señor C..V.
.
M. delaCruz en contra delaDirección Nacional deControl deDrogas
(DNCD) y el Ministerio deDefensa. El dispositivo del referido fallo reza como
sigue:
PRIMERO: Declarar buena y válida, en cuanto a la forma la acción de
amparo incoada por el señor C.V..M. DE LA
CRUZ, por haber sido incoada conforme a las disposiciones que rigen
la materia.
SEGUNDO: ACOGE PARCIALMENTE, en cuanto al fondo, la
presente acción constitucional de amparo, en consecuencia, ORDENA
a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE DROGAS a su titular
V.E.N..M.F.P., ARD y al
MINISTERIO DE DEFENSA y su titular Teniente General R..D.
.
P.S., a la Armada de la República Dominicana (ARD), el
REINTEGRO del señor C..V.M. YA DE LA CRUZ,
a las filas de la Armada de la República Dominicana (ARD) adscrito
de la Dirección Nacional de Control de Drogas, por las razones
anteriormente expuestas.
República Dominicana
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Expedientes núm. TC-05-2019-0085 y TC-05-2019-0089, relativo a los recursos de revisión en materia de amparo
interpuestos por el Ministerio de Defensa y Armada dela República Dominicana y porla Dirección Nacional de Control de
Drogas (DNCD) contra la Sentencia núm. 0030-04-2018-SSEN-00352 dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior
Administrativo, el ocho (8) de octubre de dos mil dieciocho (2018). Página 3 de 58
CUARTO [sic]: ACOGE con las modificaciones que se han indicado la
solicitud de astreinte, en consecuencia, condena a las accionadas,
DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE DROGAS (DNCD) y el
Ministerio de Defensa, a pagar a favor delaccionante la suma de
quinientos pesos (RD$500.00) por cada día de retardo en el
cumplimiento de la presente sentencia.
QUINTO: DECLARA el presente proceso libre de costas.
SEXTO: ORDENA que la presente sentencia sea publicada en el
Boletín del Tribunal Superior Administrativo.
La referida sentencia fue notificada por la secretaria general del Tribunal
Superior Administrativo, a la Dirección Nacional deControl deDrogas
(DNCD), mediante constancia de entrega de copia certificada, el quince (15) de
noviembre de dos mil dieciocho (2018) y,delamisma forma, al Ministerio de
Defensa el cinco (5) dediciembre dedos mil dieciocho (2018). Asimismo,
dicho fallo fue notificado a laProcuraduría General Administrativa, elveintiuno
(21) de noviembre de dos mil dieciocho (2018).
2.Presentación de los recursos de revisión en materia de amparo
Tal como se ha indicado, esta sede constitucional se encuentra apoderada en la
especie de dos (2) recursos de revisión en materia de amparo interpuestos,
respectivamente por el Ministerio de Defensa y Armada dela República
Dominicana y porla Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) contra
la aludida Sentencia núm. 0030-04-2018-SSEN-00352.
El primero de dichos recursos, fue presentado por la Dirección Nacional de
Control de Drogas (DNCD) ante la secretaria general del Tribunal Superior

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