Sentencia Nº TC/0210/21 de Tribunal Constitucional, 19-07-2021

Número de sentenciaTC/0210/21
Número de expediente TC-05-2020-0150
Fecha19 Julio 2021
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0150, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia d e amparo incoado por los
señores Angito A. Leyba Bidó y Héctor Manuel de la Cruz Sánchez contra la Sentencia núm. 030-02-2020-SSEN-00020,
dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el treinta (30) de enero de dos mil veinte (2020).
Página 1 de 32
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0210/21
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2020-0150, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo incoado por los señores
Angito A. Leyba Bidó y Héctor
Manuel de la Cruz Sánchez contra la
Sentencia núm. 030-02-2020-SSEN-
00020, dictada por la Primera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el
treinta (30) de enero de dos mil veinte
(2020).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de julio del año dos mil
veintiuno (2021).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Lino Vásquez Sámuel, segundo sustituto; José
Alejandro Ayuso, Alba Luisa Beard Marcos, Manuel Ulises Bonnelly Vega,
Justo Pedro Castellanos Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo
Gil, María del Carmen Santana de Cabrera, Miguel Valera Montero y José
Alejandro Vargas Guerrero, en ejercicio de sus competencias constitucionales
y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la Constitución,
9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y los
Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio del año dos mil once
(2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0150, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia d e amparo incoado por los
señores Angito A. Leyba Bidó y Héctor Manuel de la Cruz Sánchez contra la Sentencia núm. 030-02-2020-SSEN-00020,
dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el treinta (30) de enero de dos mil veinte (2020).
Página 2 de 32
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
1.1. La Sentencia núm. 030-02-2020-SSEN-00020, objeto del presente
recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo, fue dictada por la
Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el treinta (30) de enero de
dos mil veinte (2020). Su fallo rechazó la acción de amparo interpuesta por los
señores Angito A. Leyba Bidó y Héctor Manuel de la Cruz Sánchez contra la
Dirección General de la Policía Nacional. El dispositivo de la sentencia
establece textualmente lo siguiente:
PRIMERO: DECLARA regular y válida, en cuanto a la forma, la
presente Acción Constitucional de Amparo, interpuesta en fecha
03/10/2019, por los señores ANGITO A. LEYBA BIDO y HECTOR
MANUEL DE LA CRUZ SÁNCHEZ, en contra de la DIRECCIÓN
GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL, por haber sido interpuesta de
conformidad con la ley que regula la materia.
SEGUNDO: RECHAZA en cuanto al fondo la citada Acción
Constitucional de Amparo, por no existir transgresión alguna al debido
proceso de ley.
TERCERO: DECLARA libre de costas el presente proceso de
conformidad con el artículo 66 de la Ley No. 137-11 de fecha 13 de junio
del año 2011, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0150, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia d e amparo incoado por los
señores Angito A. Leyba Bidó y Héctor Manuel de la Cruz Sánchez contra la Sentencia núm. 030-02-2020-SSEN-00020,
dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el treinta (30) de enero de dos mil veinte (2020).
Página 3 de 32
CUARTO: ORDENA, la comunicación de la presente sentencia, vía
Secretaría General del Tribunal a las partes envueltas en el proceso y al
Procurador General Administrativo.
QUINTO: ORDENA que la presente Sentencia sea publicada en el
Boletín del Tribunal Superior Administrativo.
1.2. Dicha sentencia le fue notificada a las partes recurrentes, señores Angito
A. Leyba Bidó y Héctor Manuel de la Cruz Sánchez, mediante Acto núm. 221-
2020, instrumentado por el ministerial Robinson Ernesto González Agramonte,
alguacil ordinario del Tribunal Superior Administrativo el diez (10) de mayo de
dos mil veinte (2020).
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de sentencia de
amparo
2.1. Las partes recurrentes, señores Angito A. Leyba Bidó y Héctor Manuel
de la Cruz Sánchez, interpusieron el presente recurso de revisión constitucional
el trece (13) de marzo de dos mil veinte (2020) y fue recibido en este tribunal
el cinco (5) de octubre de dos mil veinte (2020), a fin de que se revoque la
decisión recurrida. Los fundamentos de esta petición se expondrán más
adelante. El indicado recurso le fue notificado a la parte recurrida, Dirección
General de la Policía Nacional, a requerimiento del Tribunal Superior
Administrativo, mediante el Acto núm. 191/2020, instrumentado por el
ministerial Isaac Rafael Lugo, alguacil ordinario del Tribunal Superior
Administrativo de fecha dos (2) de julio de dos mil veinte (2020).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR