Sentencia Nº TC/0248/21 de Tribunal Constitucional, 30-08-2021

Número de sentenciaTC/0248/21
Número de expediente TC-05-2016-0453
Fecha30 Agosto 2021
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0453, relativo al recurso de revisión en materia de amparo promovido por la señora J.
.
V.R.C.L. contra la Sentencia núm. 042-2016-SSEN-00186 dictada por la Cuarta Sala de la
Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el diez (10) de noviembre de dos mil dieciséis (2016).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0248/21
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2016-0453, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo promovido por la señora
J..V..R..C.
.
L. contra la Sentencia núm.
042-2016-SSEN-00186, dictada por la
Cuarta Sala de la Cámara Penal del
Juzgado de Primera Instancia del
Distrito Nacional el diez (10) de
noviembre de dos mil dieciséis (2016).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los treinta (30) días del mes de agosto del año dos mil veintiuno
(2021).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
R.D..F., primer sustituto; L.V.S., segundo sustituto;
J.A..A., A.L..B..M., M..U..B.
.
V., J..P.C..K., V..J.C..P.,
D.A.G., M.d.C..S. de Cabrera y E.
.
V..A., en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los arts. 185.4 de la Constitución y el art. 94 de
la Ley núm. 137-11 Orgánica de Tribunal Constitucional y de los
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm.TC-05-2016-0453, relativo al recurso de revisión de amparo promovido por la señora J.V.
.
R.C.L. contra la Sentencia núm. 042-2016-SSEN-00186 dictada por la Cuarta Sala de la Cámara Penal
del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el diez (10) de noviembre de dos mil dieciséis (2016).
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Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de julio de dos mil once (2011)
dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión en materia de
amparo
La Sentencia núm. 042-2016-SSEN-00186, objeto del presente recurso de
revisión, fue dictada por la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de
Primera Instancia del Distrito Nacional el diez (10) de noviembre de dos mil
dieciséis (2016). Este fallo concierne a la acción de amparo promovida por la
señora J.V.R.C.L. el once (11) de octubre de
dos mil dieciséis (2016) contra la Superintendencia de Bancos (SIB), la
Dirección General de Impuestos Internos (DGII), la Procuraduría F. del
Distrito Nacional y la Dirección de Coordinación de los Jueces de Instrucción
del Distrito Nacional.
El dispositivo de la indicada sentencia núm. 042-2016-SSEN-00186 reza como
sigue:
PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE la presente ACCION DE
AMPARO de conformidad con la instancia presentada en la presidencia
de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito
Nacional en fecha once (11) de octubre del año dos mil dieciséis(2016),
por la señora J..V..R..C.
.
L., por intermedio de su abogado DR. JULIO MORALES RUS,
en contra de la SUPERINTENDENCIA DE BANCOS, DIRECCIÓN
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm.TC-05-2016-0453, relativo al recurso de revisión de amparo promovido por la señora J.V.
.
R.C.L. contra la Sentencia núm. 042-2016-SSEN-00186 dictada por la Cuarta Sala de la Cámara Penal
del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el diez (10) de noviembre de dos mil dieciséis (2016).
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GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS, PROCURADURÍA FISCAL
DEL DISRITO NACIONAL y JUEZ COORDINADOR DE LOS
JUZGADOS DE LA INSTRUCCIÓN DEL DISTRITO NACIONAL, por
violación a los arts. 51 y 72 de la Constitución, 25 de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos, 9 de la Ley núm. 72-02, de fecha
siete(7) de junio del año dos mil dos(2002), sobre Lavado de Activos y
65,67 y 70 de la Ley núm. 137-11, de fecha 13 de junio de 2011,
Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procesos
Constitucionales, por ser notoriamente improcedente al tenor del art.
70.3 de la Ley núm. 137-11, de fecha trece(13) de junio del año dos mil
once(2011), Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procesos
Constitucionales; por las razones expuestas en el cuerpo de la presente
decisión.
SEGUNDO: DISPONE que la presente Acción de A. es libre del
pago de las costas procesales, por mandato expreso del art. 66, de la Ley
núm. 137-11, de fecha trece (13) de junio del año dos mil once (2011),
Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procesos
Constitucionales.
En el expediente no consta notificación del aludido fallo a la parte recurrente,
J.V.R.C.L..
2. Presentación del recurso de revisión en materia de amparo
El presente recurso de revisión de amparo promovido contra la referida
sentencia núm. 042-2016-SSEN-00186 fue interpuesto por la señora J.
.
V..R..C..L. mediante instancia depositada en la

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