Sentencia Nº TC/0251/22 de Tribunal Constitucional, 18-08-2022
Número de sentencia | TC/0251/22 |
Fecha | 18 Agosto 2022 |
Número de expediente | TC-08-2014-0033 |
Emisor | Tribunal Constitucional (República Dominicana |
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-08-2014-0033, relativo al recurso de casación declinado por la Suprema Corte de Justicia incoado por
las señoras Y.A.A. (en representación de su hijo menor JTA) y A.M.Z. (en representación de
sus hijos menores ATZ, ANATZ y ANITZ) contra la Sentencia núm. 627-2011 dictada por la Cámara Civil y Comercial
del tribunal de Primera Instancia del Distrito Judicial de M.N. del quince (15) de julio de dos mil once (2011).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0251/22
Referencia: Expediente núm. TC-08-
2014-0033, relativo al recurso de
casación declinado por la Suprema
Corte de Justicia incoado por las
señoras Y..A.A. (en
representación de su hijo menor JTA)
y A..M..Z. (en
representación de sus hijos menores
ATZ, ANATZ y ANITZ), contra la
Sentencia núm. 627-2011, dictada por
la Cámara Civil y Comercial del
tribunal de Primera Instancia del
Distrito Judicial de M..N. el
quince (15) de julio de dos mil once
(2011).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de agosto del año dos mil
veintidós (2022).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R..D.F., primer sustituto; L.
.V.S., segundo sustituto; J..A.A., A..L.B.
.M., M..U.B..n.V., V.J..C..P.,
D.G., M..d.C.S. de C., M..V.M.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-08-2014-0033, relativo al recurso de casación declinado por la Suprema Corte de Justicia incoado por
las señoras Y.A.A. (en representación de su hijo menor JTA) y A.M.Z. (en representación de
sus hijos menores ATZ, ANATZ y ANITZ) contra la Sentencia núm. 627-2011 dictada por la Cámara Civil y Comercial
del tribunal de Primera Instancia del Distrito Judicial de M.N. del quince (15) de julio de dos mil once (2011).
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y J..A..V..G., en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4
de la Constitución, y 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio
de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en casación
1.1. La Sentencia núm. 627-11, objeto del presente recurso de casación
1
, fue
expedida por la Cámara Civil y Comercial del Tribunal de Primera Instancia del
Distrito Judicial de Monseñor Nouel, en atribuciones de amparo, el quince (15)
de julio de dos mil once (2011). Este último fallo, que acogió la acción de
amparo promovida por el señor F...E...C., el veinte (20) de junio de
dos mil once (2011)
2
, contra el magistrado procurador fiscal del Distrito Judicial
M.N. y los señores A.M.Z., Y.A.A. y
F.E.G., presenta el dispositivo siguiente:
PRIMERO: ACOGE la presente acción de amparo y en consecuencia
ORDENA al Magistrado Procurador Fiscal de este Distrito Judicial,
dejar sin efecto el Oficio No. 390/2011 de fecha 13 de junio de 2011 a
su firma, y en consecuencia PROCEDA A OTORGARLE la fuerza
pública al señor FREDDY E. CABRERA o sus representantes legales
TAN PRONTO ESTA SENTENCIA LE SEA NOTIFICADA, a los fines
de que este pueda materializar su derecho de propiedad tomando
posesión sobre UNA PORCIÓN DE TERRENO CON UNA
1
Más adelante recalificado como recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo.
2
Es decir, luego de la entrada en vigor de la Ley núm. 137-11.
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