Sentencia Nº TC/0280/20 de Tribunal Constitucional, 09-12-2020

Número de sentenciaTC/0280/20
Fecha09 Diciembre 2020
Número de expediente TC-07-2020-0003
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-07-2020-0003, relativo a la demanda de suspensión de ejecución de sentencia interpuesta
por Inmoland S.A., representada por Arcadio A. Carrasco Calero, contra la Sentencia núm. 100, dictada por las
Salas Reunidas de la Suprema Corte de justicia el diecisiete (17) de octubre de dos mil dieciocho (2018).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0280/20
Referencia: Expediente núm. TC-07-
2020-0003, relativo a la demanda de
suspensión de ejecución de sentencia
interpuesta por Inmoland S.A.,
representada por Arcadio A. Carrasco
Calero, contra la Sentencia núm. 100,
dictada por las Salas Reunidas de la
Suprema Corte de justicia el diecisiete
(17) de octubre de dos mil dieciocho
(2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los nueve (9) días del mes de diciembre del año dos mil veinte
(2020).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, Alba
Luisa Beard Marcos, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos
Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Gil y Wilson S. Gómez
Ramírez, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 185.4 y 277 de la Constitución y
9, 53 y 54.8 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de
los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once
(2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-07-2020-0003, relativo a la demanda de suspensión de ejecución de sentencia interpuesta
por Inmoland S.A., representada por Arcadio A. Carrasco Calero, contra la Sentencia núm. 100, dictada por las
Salas Reunidas de la Suprema Corte de justicia el diecisiete (17) de octubre de dos mil dieciocho (2018).
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia objeto de la demanda de suspensión de
ejecución de sentencia
La decisión objeto de la presente solicitud de suspensión es la Sentencia núm.
100, dictada por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de justicia el diecisiete
(17) de octubre de dos mil dieciocho (2018), cuyo dispositivo reza de la
siguiente manera:
Primero: Declara inadmisible el recurso de casación incoado por
Inmoland, S.A., contra la sentencia Civil no. 063/2015, de fecha
veinticinco (25) de febrero del dos mil quince (2015), dictada por la
Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento
Judicial de Santo Domingo, cuyo dispositivo se ha copiado en parte
anterior del presente fallo; Segundo Condenan a la parte recurrente al
pago de las costas procesales, con distracción de las mismas en
provecho de la Dra. Emma Valois Vidal, quien afirma haberlas
avanzado en su totalidad..
La referida sentencia le fue notificada al Lic. Adolfo Franco Terrero, abogado
de la parte demandante, Inmoland S.A., mediante memorándum del dieciocho
(18) de diciembre de dos mil dieciocho (2018), emitido por Cristiana A. Rosario
V., secretaria general de la Suprema Corte de Justicia.
2. Presentación de la demanda de suspensión de ejecución de sentencia
La compañía Inmoland S.A., representada por Arcadio A. Carrasco Calero,
solicitó la suspensión de ejecución de la Sentencia núm. 100, dictada por la

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