Sentencia Nº TC/0296/22 de Tribunal Constitucional, 16-09-2022

Número de sentenciaTC/0296/22
Fecha16 Septiembre 2022
Número de expediente TC-05-2020-0115
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0115, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesta por el
señor L.M.S.S. contra la Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-00469 dictada por la Tercera Sala del
Tribunal Superior Administrativo del dos (2) del mes de diciembre del año dos mil diecinueve (2019). Página 1 de 51
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0296/22
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2020-0115, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo interpuesta por el señor L.
.
M..S..S. contra la
Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-
00469 dictada por la Tercera Sala del
Tribunal Superior Administrativo del
dos (2) del mes de diciembre del año
dos mil diecinueve (2019).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de septiembre del año dos mil
veintidós (2022).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R..D.F., primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; J..A.A., A..L.B.
.
M., M..U.B..n.V., V.J..C..P.,
D.G., M.d.C.S. de Cabrera, M.V.M.,
J.A.V.G. y E.V.A., en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.4 de la Constitución; 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13)
de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0115, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesta por el
señor L.M.S.S. contra la Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-00469 dictada por la Tercera Sala del
Tribunal Superior Administrativo del dos (2) del mes de diciembre del año dos mil diecinueve (2019). Página 2 de 51
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
1.1. La Sentencia de amparo núm. 0030-04-2019-SSEN-00469, objeto del
presente recurso, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior
Administrativo, el dos (2) del mes de diciembre de dos mil diecinueve (2019),
cuyo dispositivo reza de la siguiente manera:
PRIMERO: DECLARA buena y válida en cuanto a la forma, la presente
Acción de Amparo Constitucional, interpuesta en fecha 11/11/2019, por
el señor, L..M..S..S., en contra de LA
DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL Y CONSEJO
SUPERIOR POLICIAL, por haber sido interpuesta de conformidad con
la ley que regula la materia.
SEGUNDO: RECHAZA en cuanto al fondo la citada Acción de Amparo
interpuesta por el señor L.M.S..S., por los
motivos expuestos.
TERCERO: DECLARA libre de costas el presente proceso de
conformidad con el artículo 66 de la Ley Núm. 137-11 de fecha 13 de
junio del año 2011, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales.
CUARTO: ORDENA la comunicación de la presente sentencia al parte
accionante señor L..M.S..A.S., a las partes
accionadas la DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL Y
CONSEJO SUPERIOR POLICIAL, así como a la PROCURADURÍA
GENERAL ADMINISTRATIVA, a los fines procedentes.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2020-0115, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesta por el
señor L.M.S.S. contra la Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-00469 dictada por la Tercera Sala del
Tribunal Superior Administrativo del dos (2) del mes de diciembre del año dos mil diecinueve (2019). Página 3 de 51
QUINTO: ORDENA que la presente Sentencia sea publicada en el
Boletín del Tribunal Superior Administrativo.
1.2. Dentro de este expediente reposa constancia de la notificación de la antes
referida sentencia, a la parte hoy recurrente en revisión constitucional mediante
instancia de la secretaria del Tribunal Superior Administrativo, el ocho (8) de
enero de dos mil veinte (2020).
2. Pretensiones del recurrente en revisión constitucional
2.1. La parte recurrente, señor L.M.S..S.o, interpuso el
presente recurso de revisión constitucional, mediante instancia debidamente
depositada por ante la Secretaria del Tribunal Superior Administrativo, el
dieciséis (16) de enero del dos mil veinte (2020), recibido por este Tribunal
Constitucional, el treinta y uno (31) del mes de julio de dos mil veinte (2020),
en contra de la Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-00469 dictada por la
Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo, el dos (2) del mes de
diciembre de dos mil diecinueve (2019). En dicho escrito solicita que sea
revocada la antes referida sentencia.
2.2. El recurso precedentemente descrito fue notificado a la parte recurrida,
Dirección General de la Policía Nacional y a la Procuraduría General
Administrativa, en fecha veinticuatro (24) de febrero del dos mil veinte (2020)
mediante los Actos núms. 165-2020 y 161-2020, instrumentados por el
ministerial S..A..S..B., alguacil ordinario del Tribunal
Superior Administrativo, respectivamente.

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