Sentencia Nº TC/0318/22 de Tribunal Constitucional, 22-09-2022

Número de sentenciaTC/0318/22
Fecha22 Septiembre 2022
Número de expediente TC-04-2022-0047
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2022-0047, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
la entidad Mirador del Morro Beach Resort, S. A. y el señor F.J.G. contra la Sentencia núm. 033-2020-
SSEN-00852 dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia del dieciséis (16) de diciembre del año dos mil
veinte (2020). Página 1 de 39
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0318/22
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2022-0047, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por la
entidad Mirador del Morro Beach
Resort, S. A. y el señor F.
.
J.G. contra la Sentencia
núm. 033-2020-SSEN-00852 dictada
por la Tercera Sala de la Suprema
Corte de Justicia del dieciséis (16) de
diciembre del año dos mil veinte
(2020).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de septiembre del año dos mil
veintidós (2022).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados M.
.
R..G., presidente; L.V..S., segundo sustituto; J.
.
A..A., A.L.B.M.os, M..U.B.V.a,
J.P.C.K., V.J.C.P., D.
.
G. y M.V.ra Montero, en ejercicio de sus competencias constitucionales
y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la Constitución;
9 y 53 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, de fecha trece (13) de junio de dos mil once
(2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2022-0047, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
la entidad Mirador del Morro Beach Resort, S. A. y el señor F.J.G. contra la Sentencia núm. 033-2020-
SSEN-00852 dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia del dieciséis (16) de diciembre del año dos mil
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 033-2020-SSEN-00852, objeto del recurso de revisión
constitucional de decisión jurisdiccional que nos ocupa, fue dictada por la
Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, el dieciséis (16) de diciembre del
dos mil veinte (2020). Mediante dicha decisión se rechazó el recurso de casación
interpuesto por la entidad Mirador del Morro Beach Resort, S.A. y los señores
F.J.G. y R.G.A. en contra de la Sentencia
núm. 20170247, dictada por el Tribunal Superior de Tierras del Departamento
Noroeste, el cinco (5) de diciembre de dos mil diecisiete (2017). En efecto, el
dispositivo de la sentencia recurrida es la siguiente:
PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por la
sociedad comercial Mirador del Morro Beach Resort, SA., R.
.
S..A. y F.J.G., contra la sentencia núm.
20170247, de fecha 5 de diciembre de 2017, dictada por el Tribunal
Superior de Tierras del Departamento Noreste, cuyo dispositivo ha sido
copiado en parte anterior del presente fallo.
SEGUNDO: COMPENSA las costas de procedimiento.
La sentencia anteriormente descrita fue notificada de manera íntegra a los
señores Dr. N.R.S.A. y Licda. Y.S.G.,
en calidad de abogados de la entidad Mirador del Morro Beach Resort, S..A. y
los señores R.S..A. y F..J.G. mediante el Acto
s/n del cinco (5) de febrero de dos mil veintiuno (2021), instrumentado por el
Ministerial Elido Caro, alguacil ordinario del Tercer Tribunal Colegiado de la
Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2022-0047, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
la entidad Mirador del Morro Beach Resort, S. A. y el señor F.J.G. contra la Sentencia núm. 033-2020-
SSEN-00852 dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia del dieciséis (16) de diciembre del año dos mil
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2. Presentación del recurso en revisión
En el presente caso, los recurrentes, la entidad Mirador del Morro Beach Resort,
S.A. y el señor F..J..G., apoderaron a este Tribunal
Constitucional del recurso de revisión constitucional contra la sentencia
anteriormente descrita, mediante escrito depositado por ante el Centro de
Servicio Presencial de la Suprema Corte de Justicia y Consejo del Poder Judicial
el cuatro (4) de marzo de dos mil veintiuno (2021) y remitido a la Secretaría del
Tribunal Constitucional el dieciocho (18) de abril de dos mil veintidós (2022).
El referido recurso se fundamenta en los alegatos que se exponen más adelante.
El recurso anteriormente descrito fue notificado al recurrido, la entidad Hacienda
La Jibarita, C. por A., mediante el Acto núm. 205/2021, del veintiséis (26) de
abril del año dos mil veintiuno (2021), instrumentado por la Ministerial Yessi
Feliz, alguacil de estrados del Centro de Citaciones y Notificaciones del
Departamento Judicial de Montecristi.
Igualmente, fue notificada a los señores G.M.inaya, J..C.S. de
R., J.L.B., F.V.D., R..A.
de los S..R., J..F.M., L.C.S., Fundación
Educativa Montecristeña, R..R.C., H.R.C.,
C.M.R.Z., R.A. de los Santos, M.F.,
A.E..G., H..E.T., A..G., J..T.
.
M., Minerva Altagracia Lora, Idalia G.C..e., A.L.,
C.B.M.te, M.A. López y al Banco de Reservas de la República
Dominicana, mediante Acto núm. 1191/2021, del veintinueve (29) de octubre de
dos mil veintiuno (2021), instrumentado por el ministerial J.G.án
Regalado, Alguacil Ordinario del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original
de Montecristi.

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