Sentencia Nº TC/0331/22 de Tribunal Constitucional, 18-10-2022

Número de sentenciaTC/0331/22
Fecha18 Octubre 2022
Número de expedienteTC-05-2021-0027
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2021-0027, relativo al recurso d e revisión constitucional de sentencia de amparo incoado po r el
señor A. de los S.Z., en contra de la Sentencia núm. 0030-03-2019-SSEN-00070, dictada por la Segunda
Sala del Tribunal Superior Administrativo el siete (7) de marzo de dos mil diecinueve (2019). Página 1 de 72
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0331/22
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2021-0027, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo incoado por el señor A.
de los Santos Z. contra la
Sentencia núm. 0030-03-2019-SSEN-
00070 dictada por la Segunda Sala del
Tribunal Superior Administrativo del
siete (7) de marzo del año dos mil
diecinueve (2019).
En el municipio Santo D. Oeste, provincia Santo D., República
Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de octubre del año dos mil
veintidós (2022).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R..D.F., primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; J..A.A., A..L.B.
.
M., M..U.B..V., J..P..C.K., V.
.
J.C.P., D.G., M.d.C.S. de
Cabrera, M..V.M. y J.A..V.G., en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 de la Constitución, y 9 y 94 de la Ley núm. 137-
11, O.ica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la
siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2021-0027, relativo al recurso d e revisión constitucional de sentencia de amparo incoado po r el
señor A. de los S.Z., en contra de la Sentencia núm. 0030-03-2019-SSEN-00070, dictada por la Segunda
Sala del Tribunal Superior Administrativo el siete (7) de marzo de dos mil diecinueve (2019). Página 2 de 72
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 0030-03-2019-SSEN-00070, objeto del presente recurso de
revisión, fue dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo,
el siete (7) de marzo de dos mil diecinueve (2019). Su dispositivo, transcrito
íntegramente, es el siguiente:
PRIMERO: ACOGE el medio de inadmisión planteado por la parte
accionada POLICÍA NACIONAL, al cual se adhirió la Procuraduría
General Administrativa, en consecuencia, DECLARA inadmisible la
acción de amparo interpuesta por el señor A.D..L.S.
.
Z., en fecha 28 de diciembre del año 2018, en contra de la
POLICÍA NACIONAL, por extemporaneidad de la acción, en virtud de
lo dispuesto en el artículo 70, numeral 2 de la Ley 137-11, O.ica del
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, por
haber transcurrido más de sesenta (60) días, en que el accionante tuvo
conocimiento del acto que alegadamente conculcó el derecho
fundamental invocado.
SEGUNDO: DECLARA libre de costas el presente proceso de
conformidad con el artículo 72 de la Constitución Política de la
República Dominicana, y el artículo 66 de la Ley NO. 137-11, de fecha
13 de junio del año 2011, O.a del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales.
TERCERO: Ordena a la Secretaria General, que proceda a la
notificación de la presente sentencia por las vías legales disponibles, a
la parte accionante, ANTOLÍN DE LOS S.Z.; parte
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2021-0027, relativo al recurso d e revisión constitucional de sentencia de amparo incoado po r el
señor A. de los S.Z., en contra de la Sentencia núm. 0030-03-2019-SSEN-00070, dictada por la Segunda
Sala del Tribunal Superior Administrativo el siete (7) de marzo de dos mil diecinueve (2019). Página 3 de 72
accionada POLICÍA NACIONAL, así como a la Procuraduría General
Administrativa.
CUARTO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el
Boletín del Tribunal Superior Administrativo.
La referida decisión fue notificada a la parte recurrente, A. de los S.
.
Z., en manos de su representante legal, mediante Acto núm. 368-2019,
instrumentado por el ministerial J..L.C., alguacil ordinario del
Tribunal Superior Administrativo, el treinta (30) de julio de dos mil diecinueve
(2019).
De igual forma, fue notificada a la parte recurrida, Policía Nacional, mediante
Acto núm. 656-19, instrumentado por el ministerial S.A.S.
.
B., alguacil ordinario del Tribunal Superior Administrativo, el veintitrés
(23) de mayo de dos mil diecinueve (2019); y a la Procuraduría General
Administrativa, mediante oficio de la secretaria general del Tribunal Superior
Administrativo, del siete (7) de mayo de dos mil diecinueve (2019) y recibido
el trece (13) de mayo del mismo año.
2. Pretensiones del recurrente en revisión constitucional
El señor A. de los S.Z. interpone el presente recurso de revisión
de sentencia de amparo mediante instancia depositada en la Secretaría del
Tribunal Superior Administrativo, el siete (7) de agosto de dos mil diecinueve
(2019), y recibido por este Tribunal Constitucional el dieciocho (18) de marzo
de dos mil veintiuno (2021).
El indicado recurso fue notificado a la parte recurrida mediante Acto núm.
331/2019, instrumentado por el ministerial F..M.M., alguacil de
estrado del Tercer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de

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