Sentencia Nº TC/0332/21 de Tribunal Constitucional, 30-09-2021

Número de sentenciaTC/0332/21
Número de expediente TC-05-2021-0007
Fecha30 Septiembre 2021
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2021-0007, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por el
Ayuntamiento del municipio de S.ago contra la Sentencia núm. 0514-2021-SSEN-00002, dictada po r la Presidencia de la
Cámara Civil y Comercial del J.gado de Primera Instancia del Distrito Judicial de S.ago, el doce (12) de enero de dos mil
veintiuno (2021). Página 1 de 70
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0332/21 Referencia: Expediente núm. TC-05-
2021-0007, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia
de amparo incoado por el
Ayuntamiento del municipio de
S.ago contra la Sentencia núm.
0514-2021-SSEN-00002 dictada por
la Presidencia de la Cámara Civil y
Comercial del J.gado de Primera
Instancia del Distrito Judicial de
S.ago el doce (12) de enero del año
dos mil veintiuno (2021).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los treinta (30) días del mes de septiembre del año dos mil
veintiuno (2021).
El Tribunal C.tucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R.D..F., primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; J.é A.A., A.L..B.
.
M., M.U.B.V., J.P.C..K.,
D.G., M.d.C.S. de Cabrera, M.V.M.,
J.A.V.G. y E.V...A., en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.4 de la C.tución y 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2021-0007, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por el
Ayuntamiento del municipio de S.ago contra la Sentencia núm. 0514-2021-SSEN-00002, dictada po r la Presidencia de la
Cámara Civil y Comercial del J.gado de Primera Instancia del Distrito Judicial de S.ago, el doce (12) de enero de dos mil
veintiuno (2021). Página 2 de 70
del Tribunal C.tucional y de los Procedimientos C.tucionales, del trece
(13) de junio del año dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 0514-2021-SSEN-00002, objeto del presente recurso de
revisión de amparo, fue dictada por la Presidencia de la Cámara Civil y
Comercial del J.gado de Primera Instancia del Distrito Judicial de S.ago,
el doce (12) de enero de dos mil veintiuno (2021). Mediante dicha decisión se
acogió la acción de amparo de cumplimiento incoada por los señores Nelfa
E.F.L., P.J.O.F., C. Adelaida F.
.
P., M..N..F.P., J.A..P..P. y H.
.
A.F..M., en contra de A.A..M..D., en su
calidad de alcalde del Ayuntamiento del Municipio de Santiago.
La sentencia anteriormente descrita fue notificada al Ayuntamiento de S.ago
mediante el acto núm. 048/2021 del veinte (20) de enero de dos mil veintiuno
(2021), instrumentado por el ministerial F..E. Gutierrez Castaño, Alguacil
Ordinario de la Sala III del Tribunal Superior de Tierras de Jurisdicción Original
de S.ago.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de sentencia de
amparo
El recurrente, Ayuntamiento del municipio de S.ago representado por el
señor A.M..D. en su condición de alcalde, interpuso un recurso de
revisión de amparo contra la indicada sentencia, mediante instancia depositada
el veintiocho (28) de enero de dos mil veintiuno (2021) y remitida a este tribunal
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2021-0007, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por el
Ayuntamiento del municipio de S.ago contra la Sentencia núm. 0514-2021-SSEN-00002, dictada po r la Presidencia de la
Cámara Civil y Comercial del J.gado de Primera Instancia del Distrito Judicial de S.ago, el doce (12) de enero de dos mil
veintiuno (2021). Página 3 de 70
el veintitrés (23) de febrero del mismo año. El referido recurso se fundamenta
en los alegatos que se exponen más adelante.
El indicado recurso de revisión fue notificado a los señores N.E.
.
F.L., P.J..O..F., C..A.F..P.,
M.N...F..P., Juan A..F. Pizano y H. Armida
F.M. mediante el acto núm. 76/2021 del cinco (5) de febrero de dos
mil veintiuno (2021), instrumentado por el ministerial F.A.
.
L.M., Alguacil Ordinario del Tribunal de la Ejecución de la Pena de
S.ago.
3. Fundamentos de la sentencia recurrida
El tribunal que dictó la sentencia recurrida decidió lo siguiente:
PRIMERO: ACOGE la acción constitucional de amparo de
cumplimiento promovida por N.E.F.L., P.J.
.
O.F., C.A.F.P., M.N.
.
F.P., J.A.P.reras P. y H..A.
.
F..M., en contra de A.A.M..D., en su
calidad de alcalde del Ayuntamiento del Municipio de S.ago.
SEGUNDO: ORDENA a A..A.M.D., en su calidad
de alcalde del Ayuntamiento del Municipio de S.ago, proceda a la
redacción, posterior firma y entrega del acto de venta a los accionantes
N.E..F. López, P..J.O..F..D., C...
.
A.F. de S., M.N.talia F..P., J..A.
.
F.P. y H..A..F. de R., para la
culminación del proceso de compraventa de marras, sobre una porción

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