Sentencia Nº TC/0341/22 de Tribunal Constitucional, 27-10-2022

Número de sentenciaTC/0341/22
Fecha27 Octubre 2022
Número de expedienteTC-07-2022-0021
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-07-2022-0021, relativo a la solicitud de suspensión de ejecución de sentencia interpuesta por el
Ministerio de Interior y Policía contra la Sentencia núm. 0030-04-2021-SSEN-00578 dictada por la Tercera Sala del
Tribunal Superior Administrativo del veintiséis (26) de octubre del año dos mil veintiuno (2021).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0341/22
Referencia: Expediente núm. TC-07-
2022-0021, relativo a la solicitud de
suspensión de ejecución de sentencia
interpuesta por el Ministerio de
Interior y Policía contra la Sentencia
núm. 0030-04-2021-SSEN-00578
dictada por la Tercera Sala del
Tribunal Superior Administrativo del
veintiséis (26) de octubre del año dos
mil veintiuno (2021).
En el municipio S.D. Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de octubre del año dos mil
veintidós (2022).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados L.
.
V.S., segundo sustituto, en funciones de presidente; J.A.
.
A., A.L..B.M., M.U..B.V., J..P.
.
C.K., D.G.il, M.d.C.en Santana de Cabrera, J.
.
A.V..G. y E..V.A., en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.4 y 277 de la Constitución; 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, O.nica
del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, de fecha
trece (13) del mes de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-07-2022-0021, relativo a la solicitud de suspensión de ejecución de sentencia interpuesta por el
Ministerio de Interior y Policía contra la Sentencia núm. 0030-04-2021-SSEN-00578 dictada por la Tercera Sala del
Tribunal Superior Administrativo del veintiséis (26) de octubre del año dos mil veintiuno (2021).
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia objeto de la demanda en suspensión
La Sentencia núm. 0030-04-2021-SSEN-00578, objeto de la presente demanda
en suspensión, fue dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el veintiséis (26) de octubre de dos mil veintiuno (2021). Esta
decisión dispone lo que transcribimos a continuación:
PRIMERO: RECHAZA los medios de inadmisión fundados en los
artículos 70.1 y 70.2 de la Ley núm. 137-11, O.nica del Tribunal
Constitucional, planteados por las partes accionadas, por los motivos
anteriormente expuestos.
SEGUNDO: DECLARA regular y válida, en cuanto a la forma, la
forma, la acción constitucional de amparo interpuesta por el señor
O.F.G., en contra del MINISTERIO DE
INTERIOR Y POLICÍA, y su MINISTRO EL SEÑOR JESÚS AN.
.
V.M..
TERCERO: En cuanto al fondo, ACOGE la presente acción de amparo
y, ORDENA al MINISTERIO DE INTERIOR Y POLICÍA (MIP), la
renovación de la licencia de porte de arma de fuego, a favor del señor
F.A.V.P.
1
.
1
Este ordinal fue modificado mediante la Resolución núm. 0030-04-2021-SRES-00005, emitida por la Tercera Sala del
Tribunal Superior Administrativo en fecha veintiséis (26) de noviembre de dos mil vein tiuno (2021), debido a un error
material en el nombre del accionante. Como se puede observar, se refiere al señor F.A.V.P.,
cuando lo correcto es O.F.G.. En virtud de lo anterior, la lectura del ordinal Tercero es la siguiente:
TERCERO: En cuanto al fondo, ACOGE la p resente acción de amparo y, ORDENA al MINISTERIO DE INTERIOR Y
POLICÍA (MIP), la renovación de la licencia de porte de arma de fuego, a favor del señor O.F.
.
G..
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-07-2022-0021, relativo a la solicitud de suspensión de ejecución de sentencia interpuesta por el
Ministerio de Interior y Policía contra la Sentencia núm. 0030-04-2021-SSEN-00578 dictada por la Tercera Sala del
Tribunal Superior Administrativo del veintiséis (26) de octubre del año dos mil veintiuno (2021).
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CUARTO: Se impone una astreinte ascendente a quinientos pesos
dominicanos con 00/100 (RD$500.00) por cada día de retardo en el
cumplimiento de lo ordenado, a favor del accionante.
QUINTO: SE ORDENA la exclusión del L.. M.Z., conforme
a motivos indicados anteriormente.
SEXTO: DECLARA el proceso libre de costas el presente proceso [sic]
de conformidad con el artículo 72 de la Constitución Política de la
República Dominicana, y el artículo 66 de la Ley No. 137-11, de fecha
13 de junio de 2011, O.nica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales.
SÉPTIMO: ORDENA que la presente sentencia sea comunicada por
secretaría a la parte accionante, señor O.F.
.
G., a las partes accionadas MINISTERIO DE INTERIO [sic]
Y POLICÍA, y su MINISTRO EL SEÑOR JESÚS A.V.
.
M., y a la PROCURADURÍA GENERAL ADMINISTRATIVA.
OCTAVO: ORDENA que la presente sentencia sea publicada en el
Boletín del Tribunal Superior Administrativo.
2. Presentación de la demanda en suspensión de ejecución de sentencia
El día siete (7) de febrero de dos mil veintidós (2022), el Ministerio de Interior
y Policía interpuso la presente demanda, la cual tiene por objeto la suspensión
de la ejecución de la Sentencia núm. 0030-04-2021-SSEN-00578, dictada el
veintiséis (26) de octubre de dos mil veintiuno (2021) por la Tercera Sala del
Tribunal Superior Administrativo. Esta demanda fue incoada mediante

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