Sentencia Nº TC/0417/20 de Tribunal Constitucional, 29-12-2020

Número de sentenciaTC/0417/20
Fecha29 Diciembre 2020
Número de expediente TC-04- 2019-0151
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2019-0151, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión ju risdiccional y la demanda
en suspensión de ejecución presentada por el señor Juan Francisco Grullón Jiménez contra la Sentencia núm. 2531, dictada
por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintiséis (26) de diciembre de dos mil dieciocho (2018).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0417/20
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2019-0151, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional y la demanda en
suspensión de ejecución presentada
por el señor Juan Francisco Grullón
Jiménez contra la Sentencia núm.
2531, dictada por la Segunda Sala de
la Suprema Corte de Justicia el
veintiséis (26) de diciembre de dos mil
dieciocho (2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de diciembre del año dos mil
veinte (2020).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José
Alejandro Ayuso, Alba Luisa Beard Marcos, Justo Pedro Castellanos Khoury,
Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Antonio Gil, Wilson S. Gómez
Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero, en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 y 277 de la Constitución, así como en los
artículos 9 y 53 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2019-0151, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión ju risdiccional y la demanda
en suspensión de ejecución presentada por el señor Juan Francisco Grullón Jiménez contra la Sentencia núm. 2531, dictada
por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintiséis (26) de diciembre de dos mil dieciocho (2018).
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de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once
(2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional y cuya suspensión de ejecución ha sido demandada
La Sentencia núm. 2531, objeto del presente recurso de revisión constitucional,
fue dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintiséis
(26) de diciembre de dos mil dieciocho (2018). Esta decisión rechazó el recurso
de casación interpuesto por el señor Juan Francisco Grullón Jiménez contra la
Sentencia Penal núm. 235-2017-SSENL-00147, dictada por la Corte de
Apelación del Departamento Judicial de Montecristi el veintinueve (29) de
diciembre de dos mil diecisiete (2017). El dispositivo de la sentencia recurrida
ante esta sede constitucional reza de la manera siguiente:
Primero: Admite como interviniente a María Teresa Abreu, en el
recurso de casación incoado por Juan Francisco Grullón Jiménez, y
Seguros Pepín, S.A., ambos contra la sentencia núm. 235-2017-SSENL-
00147, dictada por la Corte de Apelación del Departamento Judicial de
Montecristi el 29 de diciembre de 2017, cuyo dispositivo se copia en
parte anterior del presente fallo;
Segundo: Rechaza el referido recurso de casación, en consecuencia,
confirma la decisión impugnada, por los motivos expuestos en el cuerpo
de la presente decisión;
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2019-0151, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión ju risdiccional y la demanda
en suspensión de ejecución presentada por el señor Juan Francisco Grullón Jiménez contra la Sentencia núm. 2531, dictada
por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintiséis (26) de diciembre de dos mil dieciocho (2018).
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Tercero: Se condena al recurrente Juan Francisco Grullón Jiménez el
pago de las costas;
Cuarto: Ordena la remisión de la presente decisión por ante el Juez de
la Ejecución de la Pena del Departamento Judicial de Montecristi, para
los fines de ley correspondientes;
Quinto: Ordena la notificación de la presente decisión a las partes.
La sentencia recurrida fue notificada por María Teresa Abreu, a la hoy parte
recurrente, Juan Francisco Grullón Jiménez mediante el Acto núm. 111/2019,
instrumentado por el ministerial Alaine Rafael Castillo el veintiséis (26) de
febrero de dos mil diecinueve (2019).
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional y la demanda en suspensión de ejecución
El recurso de revisión constitucional y la demanda en suspensión de ejecución
contra la aludida sentencia núm. 2531 fue sometido al Tribunal Constitucional,
según instancia depositada en la Secretaría General de la Suprema Corte de
Justicia por el señor Juan Francisco Grullón Jiménez el cinco (5) de marzo de
dos mil diecinueve (2019). Mediante el citado recurso de revisión, la parte
recurrente plantea la desnaturalización del derecho y la carencia de motivación
de la sentencia recurrida.
El recurso y la demanda de que se trata fueron notificadas por el recurrente a la
parte recurrida, señora María Teresa Abreu, mediante Acto núm. 172/2019,

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