Sentencia Nº TC/0417/22 de Tribunal Constitucional, 08-12-2022

Número de sentenciaTC/0417/22
Fecha08 Diciembre 2022
Número de expediente TC-05-2022-0157
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0157, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor D.A.V.R. contra la Sentencia núm. 00 30-02-2021-SSEN-00072, dictada por la Primera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el once (11) de febrero de dos mil veintiuno (2021). Página 1 de 50
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0417/22 Referencia: Expediente núm. TC-05-
2022-0157, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo interpuesto por el señor D.
.
A..V..R. contra la
Sentencia núm. 0030-02-2021-SSEN-
00072, dictada por la Primera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el
once (11) de febrero de dos mil
veintiuno (2021).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los ocho (8) días del mes de diciembre del año dos mil veintidós
(2022).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
R.D.F., primer sustituto, en funciones de presidente; L.V.
.
S., segundo sustituto; J..A.A., A.L.B..M.,
M.U.B...V., J.P.o C.K., V.J.
.
C.P., D.G.il, M.d.C.S.ntana de Cabrera,
M.V.M. y J..A.V.G., en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.4 de la Constitución; 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13)
de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0157, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor D.A.V.R. contra la Sentencia núm. 00 30-02-2021-SSEN-00072, dictada por la Primera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el once (11) de febrero de dos mil veintiuno (2021). Página 2 de 50
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Sentencia núm. 0030-02-2021-SSEN-00072, objeto del presente recurso de
revisión fue dictada el once (11) de febrero de dos mil veintiuno (2021) por la
Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo. En su fallo se declaró el
rechazo la acción de amparo interpuesta por el señor D..A..V.
.
R.. Su parte dispositiva textualmente expresa lo siguiente:
PRIMERO: DECLARA buena y válida, en cuanto a la forma, la
presente acción de amparo, interpuesta en fecha 17/11/2020, por el
señor D..A..V..R., contra la DIRECCION
GENERAL DE MIGRACION (DGM), por haber sido promovida de
conformidad con la ley.
SEGUNDO: SEGUNDO:(sic) RECHAZA, en cuanto al fondo, la
presente acción de amparo, por no haber probado transgresión alguna
a sus derechos fundamentales.
TERCERO: DECLARA libre de costas el presente proceso de
conformidad con el artículo 72 de la Constitución Política de la
República Dominicana, y el artículo 66 de la Ley No. 137-11, de fecha
13 de junio del año 2011, Orgánica del Tribunal Constitucional y de
los Procedimientos Constitucionales.
CUARTO: ORDENA, que la presente sentencia sea comunicada vía
Secretaría del Tribunal, a las partes envueltas en el presente proceso,
así como al Procurador General Administrativo.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0157, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor D.A.V.R. contra la Sentencia núm. 00 30-02-2021-SSEN-00072, dictada por la Primera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el once (11) de febrero de dos mil veintiuno (2021). Página 3 de 50
QUINTO: ORDENA que la presente sentencia sea publicada en el
Boletín del Tribunal Superior Administrativo.
La sentencia previamente descrita fue notificada a la parte recurrente el doce
(12) de abril de dos mil veintiuno (2021), mediante entrega de copia certificada
emitida por la Secretaría del Tribunal Superior Administrativo.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de sentencia de
amparo
La parte recurrente apoderó a este tribunal constitucional del recurso de revisión
contra la sentencia anteriormente descrita, tras considerar que la misma incurre
en violación del artículo 15, numerales 6 y 7 de la Ley núm. 285, de M.ón
del quince (15) de agosto de dos mil cuatro (2004), y al debido proceso contenido
en los artículos 68 y 69 en sus numerales 3 y 10 de la Constitución y el derecho
a la libertad de tránsito contenido en el artículo 46.1 de la Constitución.
El recurso anteriormente descrito fue presentado ante el Centro de Servicio
Presencial del Poder Judicial el quince (15) de abril de dos mil veintiuno (2021),
recibido por el Tribunal Constitucional el tres (3) de junio de dos mil veintidós
(2022). El mismo fue notificado a la Dirección General de M.ón el
veintinueve (29) de marzo de dos mil veintidós (2022) mediante Acto núm.
127/2022, instrumentado por el ministerial I..R..L., alguacil
ordinario del Tribunal Superior Administrativo y a la Procuraduría General
Administrativa, mediante Acto núm. TSA-293-2021, del cuatro (4) de junio de
dos mil veintiuno (2021), instrumentado por el ministerial A.M.
.
M.ínez, alguacil ordinario del Tribunal Superior Administrativo.

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