Sentencia Nº TC/0437/20 de Tribunal Constitucional, 29-12-2020

Número de sentenciaTC/0437/20
Número de expediente TC-07-2020-0034
Fecha29 Diciembre 2020
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-07-2020-0034, relativo a la solicitud de suspensión de ejecución de la Resolución núm. 67-20, dictada
por el Congreso Nacional, y los decretos núms. 213-20 y 214-20, emitidos por el presidente de la República el doce (12) de
junio de dos mil veinte (2020), realizada por el Partido Revolucionario Moderno (PRM ), con ocasión de la acción directa
de inconstitucionalidad contra la Resolución núm. 67-20, dictada por el Congreso Nacional, y los Decretos núms. 213-20 y
214-20, emitidos por el presidente de la República el doce (12) de junio de dos mil veinte (2020).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0437/20
Referencia: Expediente núm. TC-07-
2020-0034, relativo a la solicitud de
suspensión de ejecución de la
Resolución núm. 67-20, dictada por el
Congreso Nacional, y los decretos
núms. 213-20 y 214-20, emitidos por
el presidente de la República el doce
(12) de junio de dos mil veinte (2020),
realizada por el Partido
Revolucionario Moderno (PRM), con
ocasión de la acción directa de
inconstitucionalidad contra la
Resolución núm. 67-20, dictada por el
Congreso Nacional, y los Decretos
núms. 213-20 y 214-20, emitidos por
el presidente de la República el doce
(12) de junio de dos mil veinte (2020).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de diciembre del año dos mil
veinte (2020).
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-07-2020-0034, relativo a la solicitud de suspensión de ejecución de la Resolución núm. 67-20, dictada
por el Congreso Nacional, y los decretos núms. 213-20 y 214-20, emitidos por el presidente de la República el doce (12) de
junio de dos mil veinte (2020), realizada por el Partido Revolucionario Moderno (PRM ), con ocasión de la acción directa
de inconstitucionalidad contra la Resolución núm. 67-20, dictada por el Congreso Nacional, y los Decretos núms. 213-20 y
214-20, emitidos por el presidente de la República el doce (12) de junio de dos mil veinte (2020).
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El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José
Alejandro Ayuso, Justo Pedro Castellanos Khoury, Domingo Gil, Wilson S.
Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero,
en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 de la Constitución, 9, 94 y siguientes de la Ley
núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, de trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la
siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la norma impugnada
a. La Resolución núm. 67-20, emanada del Congreso Nacional el doce (12)
de junio de dos mil veinte (2020), copiada a la letra su parte dispositiva, expresa
lo siguiente:
Primero: Autorizar al presidente de la República a que prorrogue el
Estado de emergencia en todo el territorio nacional, por un plazo
máximo de diecisiete (17) días, contados a partir del día catorce (14)
del mes de junio de 2020.
Artículo 2: Acoger las motivaciones expuestas por el presidente de la
República en su solicitud de prórroga al Estado de emergencia en el
territorio nacional y mantener vigentes las facultades extraordinarias
contenidas en el derecho presidencial No. 134-20, de fecha 19 de marzo

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