Sentencia Nº TC/0440/17 de Tribunal Constitucional, 15-08-2017

Número de sentenciaTC/0440/17
Fecha15 Agosto 2017
Número de expediente TC-05-2016-0173
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0173, relativo al recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por el señor
K.F.V.Á. contra la Sentencia núm. 00301-2015, dictada por la Segund a Sala del Tribunal Superior
Administrativo el cuatro (4) de agosto de dos mil quince (2015).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0440/17
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2016-0173, relativo al recurso de revisión
constitucional en materia de amparo
interpuesto por el señor K..F.
.
V.Á. contra la Sentencia núm.
00301-2015, dictada por la Segunda Sala
del Tribunal Superior Administrativo el
cuatro (4) de agosto de dos mil quince
(2015).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los quince (15) días del mes de agosto del año dos mil diecisiete
(2017).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados M.
.
R..G., presidente; H.A. de los Santos, A.I..e..B.
.
H., J.P..C.K.houry, V.J..C.P.izano,
J.C.D., R..D.F., W..S.G.R., K..M.
.
J..M. e I..R., en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la
Constitución, y 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional
y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once
(2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0173, relativo al recurso de revisión constitucional en materia de a mparo interpuesto por el señor
K.F.V.Á. contra la Sentencia núm. 00301-2015, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior
Administrativo el cuatro (4) de agosto de dos mil quince (2015).
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1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión
La Sentencia objeto de revisión es la núm. 00301-2015, dictada por la Segunda Sala
del Tribunal Superior Administrativo el cuatro (4) de agosto de dos mil quince
(2015). Esta decisión inadmitió, por extemporánea, la acción de amparo interpuesta
por el señor K.F.V.Á. contra la Policía Nacional.
Dicho fallo fue notificado, a instancias de la Secretaría General del Tribunal Superior
Administrativo, mediante la entrega de sendas copias certificadas del mismo, al
señor K..F.V.Á., el diecinueve (19) de octubre de dos mil
quince (2015). El accionante, no conforme con la decisión, interpuso el presente
recurso de revisión.
2. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión
La Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo dictó la Sentencia núm.
00301-2015, mediante la cual inadmitió la acción de amparo, fundándose, entre
otros, en los siguientes motivos:
II) Que la JEFATURA DE LA POLICIA NACIONAL ha solicitado en
audiencia que la presente acción debe de ser declarada inadmisible por
haber sido interpuesta fuera del plazo habilitado por el legislador a tales
fines en el numeral 2 del artículo 70 de la Ley No. 137-11, Orgánica del
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales.
III) Que la Procuraduría General Administrativa, solicitó que la acción de
amparo se declare inadmisible por el accionante no haber incoado su acción
en el plazo que establece la Ley No. 137-11 de fecha 13 de junio del año
2011 en su artículo 70 numeral 2.

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