Sentencia Nº TC/0460/22 de Tribunal Constitucional, 14-12-2022
Número de sentencia | TC/0460/22 |
Fecha | 14 Diciembre 2022 |
Número de expediente | TC-02-2022-0001 |
Emisor | Tribunal Constitucional (República Dominicana |
República D.na
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-02-2022-0001, relativo al control preventivo de Tratados Internacionales del Acuerdo entre el
Gobierno de la República D.na y el Gobierno de la República de Guatemala, sobre el Libre Ejercicio de Actividades
Remuneradas para Dependientes del Personal Diplomático, C., A.nistrativo y Técnico, suscrito el veintiséis (26)
de noviembre de dos mil veintiuno (2021). Página 1 de 21
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0460/22
Referencia: Expediente núm. TC-02-
2022-0001, relativo al control
preventivo de tratados internacionales
del Acuerdo entre el Gobierno de la
República D.a y el Gobierno
de la República de Guatemala, sobre
el Libre Ejercicio de Actividades
Remuneradas para Dependientes del
Personal Diplomático, C.,
A.nistrativo y Técnico, suscrito el
veintiséis (26) de noviembre de dos
mil veintiuno (2021).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
D.na, a los catorce (14) días del mes de diciembre del año dos mil
veintidós (2022).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R.D.F., primer sustituto; Alba
L.B.M., M..U.B..V., J..P..C.
.K., V..J..C.P., D.G., M..d.C.
.S. de Cabrera, J.A.V.G., en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece
(13) de junio del año dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República D.na
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-02-2022-0001, relativo al control preventivo de Tratados Internacionales del Acuerdo entre el
Gobierno de la República D.na y el Gobierno de la República de Guatemala, sobre el Libre Ejercicio de Actividades
Remuneradas para Dependientes del Personal Diplomático, C., A.nistrativo y Técnico, suscrito el veintiséis (26)
de noviembre de dos mil veintiuno (2021). Página 2 de 21
I. ANTECEDENTES
a. El presidente de la República, en cumplimiento de las disposiciones de
los artículos 128, numeral 1, literal d), y 185, numeral 2, de la Constitución
de la República, sometió mediante el Oficio núm. 0002, del tres (3) de enero
del año dos mil veintidós (2022), a control preventivo de constitucionalidad
ante este Tribunal Constitucional, el Acuerdo entre el Gobierno de la
República D.a y el Gobierno de la República de Guatemala sobre el
Libre Ejercicio de Actividades Remuneradas para Dependientes del Personal
Diplomático, Consular, Administrativo y Técnico, suscrito en Santo Domingo,
capital de la República D.na, el veintiséis (26) de noviembre del año
dos mil veintiuno (2021), a los fines de garantizar la supremacía
constitucional.
b. El presente Acuerdo fue firmado por República D.na el veintiséis
(26) de noviembre del año dos mil veintiuno (2021), en Santo Domingo,
capital de la República Dominicana. La firma del referido convenio fue
realizada por los ministros de relaciones exteriores de la República
D.na y Guatemala, señores R..Á..G. y P..B..V.,
respectivamente, en representación de los gobiernos de ambos países.
1. Objetivo del acuerdo
El citado Acuerdo tiene como objetivo general regular las actividades
remuneradas para dependientes del personal diplomático, consular,
administrativo y técnico de las misiones diplomáticas y consulares de la
República D.na en la República de Guatemala y de la República de
Guatemala en la República D.na, conforme con la legislación interna
de cada país, una vez obtenida la autorización correspondiente.
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