Sentencia Nº TC/0506/22 de Tribunal Constitucional, 26-12-2022

Número de sentenciaTC/0506/22
Fecha26 Diciembre 2022
Número de expedienteTC-04-2022-0113
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2022-0113, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
el señor R.Y.B.F. contra la Sentencia núm. 001-022-2021-SSEN-00621, dictada por la Segunda Sala
de la Suprema Corte de Justicia, el treinta (30) de junio de dos mil veintiuno (2021). Página 1 de 73
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0506/22 Referencia: Expediente núm. TC-04-
2022-0113, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por el señor
R.Y.B.F. contra
la Sentencia núm. 001-022-2021-
SSEN-00621, dictada por la Segunda
Sala de la Suprema Corte de Justicia,
el treinta (30) de junio de dos mil
veintiuno (2021).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de diciembre del año dos mil
veintidós (2022).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R.D..F., primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; J.A..A., A.L..B.
.
M., J.P.C.K., V.J..C.P.,
D.G., M.V.a Montero, J.A.o V.G. y
E..V.A., en ejercicio de sus competencias constitucionales y
legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 y 277 de la
Constitución; 9, 53 y 54 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio
de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2022-0113, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
el señor R.Y.B.F. contra la Sentencia núm. 001-022-2021-SSEN-00621, dictada por la Segunda Sala
de la Suprema Corte de Justicia, el treinta (30) de junio de dos mil veintiuno (2021). Página 2 de 73
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm.001-022-2021-SSEN-00621, objeto del presente recurso de
revisión, fue dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, el
treinta (30) de junio del dos mil veintiuno (2021); en su dispositivo se hace
constar lo siguiente:
Primero: Rechaza el recurso de casación interpuesto por R.Y.
.
B..F., contra la Sentencia núm. 334-2019-SSEN-756,
dictada por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del
Departamento Judicial de San P. de Macorís el 22 de noviembre de
2019, cuyo dispositivo aparece copiado en parte anterior del presente
fallo; en consecuencia, confirma dicha decisión.
Segundo: Condena al recurrente al pago de las costas del
procedimiento, con distracción de las civiles en provecho del abogado
concluyente L.. J.C.V., quien afirma haberlas
avanzado en su totalidad.
Tercero: Ordena a la Secretaría General de la Suprema Corte de
Justicia la notificación de la decisión a las partes del proceso, y al juez
de la ejecución de la pena del Departamento Judicial de San Pedro de
Macorís.
La sentencia previamente descrita fue notificada al señor R.Y.
.
B.F., el diecinueve (19) de octubre del año dos mil veintiuno (2021),
a través del Acto núm. 1545/2021, instrumentado por el señor W.M..S..
.
M., alguacil ordinario de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San
Pedro de Macorís.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2022-0113, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
el señor R.Y.B.F. contra la Sentencia núm. 001-022-2021-SSEN-00621, dictada por la Segunda Sala
de la Suprema Corte de Justicia, el treinta (30) de junio de dos mil veintiuno (2021). Página 3 de 73
2. Presentación del recurso de revisión
El recurso de revisión interpuesto contra la Sentencia m. 001-022-2021-
SSEN-00621, fue depositado en el Centro de Servicio Presencial de la Suprema
Corte de Justicia, el once (11) de noviembre de dos mil veintiuno (2021),
remitido a este tribunal el veinticinco (25) de julio del dos mil veintidós (2022).
Los alegatos en los cuales se fundamenta el recurso se expondrán más adelante.
El recurso de revisión constitucional fue notificado a la parte recurrida, señor
G.E..F..H., el día quince (15) de noviembre de dos mil
veintiuno (2021), mediante el Acto núm. 1628/2021, instrumentado por el señor
W.M..S.M., alguacil ordinario de la Cámara Penal de la Corte de
Apelación de San Pedro de Macorís.
Por otro lado, el referido recurso fue notificado a la Procuraduría General de la
República, el día veintinueve (29) de noviembre del año dos mil veintiuno
(2021), mediante el Acto núm. 837/2021, instrumentado por el señor Á.
.
S., alguacil ordinario de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia.
3. Fundamento de la sentencia recurrida
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia dictaminó el rechazo del
recurso de casación incoado por el señor R.Y.B..F. contra
la Sentencia núm. 334-2019-SSEN-756, dictada por la Cámara Penal de la Corte
de Apelación del Departamento Judicial de San Pedro de Macorís el veintidós
(22) de noviembre de dos mil diecinueve (2019), fundamentada en los motivos
siguientes:
a) 4.1. De las quejas vertidas en su primer medio se infiere que, el
recurrente increpa que la alzada no verificó que el cheque en cuestión

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