Sentencia Nº TC/0543/19 de Tribunal Constitucional, 11-12-2019

Número de sentenciaTC/0543/19
Fecha11 Diciembre 2019
Número de expediente TC-01-2014-0009
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-01-2014-0009, relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por Melvin Rafael Velásquez
Then con tra el artículo 6 de la Ley núm. 3726, sobre Procedimiento de Casación, del veintinueve (29) de diciembre de mil
novecientos cincuenta y tres (1953), modificada por la Ley núm. 491-08, del diecinueve (19) de diciembre de dos mil ocho
(2008). Página 1 de 82
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0543/19
Referencia: Expediente núm. TC-01-
2014-0009, relativo a la acción directa de
inconstitucionalidad interpuesta por
Melvin Rafael Velásquez Then contra el
artículo 6 de la Ley núm. 3726, sobre
Procedimiento de Casación, del
veintinueve (29) de diciembre de mil
novecientos cincuenta y tres (1953),
modificada por la Ley núm. 491-08, del
diecinueve (19) de diciembre de dos mil
ocho (2008).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve
(2019).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Rafael
Díaz Filpo, primer sustituto en funciones de presidente; Lino Vásquez Sámuel,
segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José Alejandro Ayuso, Alba
Luisa Beard Marcos, Justo Pedro Castellanos Khoury, Wilson S. Gómez Ramírez,
Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera Montero, en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185, numeral 1 de la Constitución y 36 de la Ley núm. 137-11, Orgánica
del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece
(13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-01-2014-0009, relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por Melvin Rafael Velásquez
Then con tra el artículo 6 de la Ley núm. 3726, sobre Procedimiento de Casación, del veintinueve (29) de diciembre de mil
novecientos cincuenta y tres (1953), modificada por la Ley núm. 491-08, del diecinueve (19) de diciembre de dos mil ocho
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1. Descripción de la disposición impugnada
La disposición atacada por medio de la presente acción directa de
inconstitucionalidad, es el artículo 6 de la Ley núm. 3726, sobre Procedimiento de
Casación, del veintinueve (29) de diciembre de mil novecientos cincuenta y tres
(1953), que se transcribe a continuación:
Artículo 6.- En vista del memorial de casación, el Presidente proveerá
auto mediante el cual se autorizará el emplazamiento de la parte contra
quien se dirige el recurso. Este emplazamiento se encabezará con una
copia del memorial de casación y una copia del auto del Presidente, a
pena de nulidad, a cuyo efecto el secretario expedirá al recurrente copia
certificada tanto del memorial como del auto mencionado.
El emplazamiento ante la Suprema Corte de Justicia deberá contener,
también a pena de nulidad: indicación del lugar o sección, de la común o
del Distrito de Santo Domingo en que se notifique; del día, del mes y del
año en que sea hecho; los nombres, la profesión y el domicilio del
recurrente; la designación del abogado que lo representará, y la
indicación del estudio del mismo, que deberá estar situado
permanentemente o de modo accidental, en la Capital de la República, y
en la cual se reputará de pleno derecho, que el recurrente hace elección de
domicilio, a menos que en el mismo acto se haga constar otra elección de
domicilio en la misma ciudad; el nombre y la residencia del alguacil, y el
tribunal en que ejerce sus funciones; los nombres y la residencia de la
parte recurrida, y el nombre de la persona a quien se entregue la copia del
emplazamiento. Dentro de los quince días de su fecha, el recurrente
deberá depositar en Secretaría el original del acta de emplazamiento.
2. Pretensiones del accionante
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-01-2014-0009, relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por Melvin Rafael Velásquez
Then con tra el artículo 6 de la Ley núm. 3726, sobre Procedimiento de Casación, del veintinueve (29) de diciembre de mil
novecientos cincuenta y tres (1953), modificada por la Ley núm. 491-08, del diecinueve (19) de diciembre de dos mil ocho
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Mediante instancia depositada el once (11) de marzo de dos mil catorce (2014)
ante la Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia, el licenciado Melvin
Rafael Velásquez Then solicita la declaratoria de inconstitucionalidad del artículo
6 de la Ley núm. 3726, sobre Procedimiento de Casación, del veintinueve (29) de
diciembre de mil novecientos cincuenta y tres (1953), modificada por la Ley núm.
491-08, del diecinueve (19) de diciembre de dos mil ocho (2008), por
alegadamente vulnerar las disposiciones constitucionales que se indican más
adelante.
2.2. Infracciones constitucionales alegadas
2.2.1. La accionante solicita a este tribunal la declaratoria de inconstitucionalidad
del artículo 6 de la indicada ley núm. 3726, contra el cual ha invocado la violación
a los siguientes artículos de la Constitución dominicana de dos mil diez (2010),
vigente al momento de la interposición de la presente acción:
Artículo 69.- Tutela judicial efectiva y debido proceso. Toda persona, en el
ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, tiene derecho a obtener la
tutela judicial efectiva, con respeto del debido proceso que estará
conformado por las garantías mínimas que se establecen a continuación:
4. El derecho a un juicio público, oral y contradictorio, en plena igualdad
y con respeto al derecho de defensa;
Artículo 74.- Principios de reglamentación e interpretación. La
interpretación y reglamentación de los derechos y garantías
fundamentales, reconocidos en la presente Constitución, se rigen por los
principios siguientes:

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