Sentencia nº 050-2008 de Tribunal Contencioso Tributario, 12 de Junio de 2008

Fecha de Resolución12 de Junio de 2008

FECHA 12/6/2008

MATERIA CONTENCIOSO-TRIBUTARIO

RECURRENTE (S) H.W.M. PAREDES

ABOGADO (S)

RECURRIDO (S) SRES. J.R.V. CASTILLO EN SU CALIDAD DE SíNDICO MUNICIPAL DE SANTA CRUZ DE EL SEIBO Y V.M. EN SU CALIDAD DE PRESIDENTE DEL CONSEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ DE EL SEIBO

ABOGADO (S)

DIOS, PATRIA Y LIBERTAD

República Dominicana

EN NOMBRE DE LA REPUBLICA

SENTENCIA No. 050-2008

En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los DOCE (12) días del mes de JUNIO del año dos mil ocho (2008), año 165 de la Independencia y 145 de la Restauración

LA PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO TRIBUTARIO Y ADMINISTRATIVO, de Jurisdicción Nacional, regularmente constituido en la sala donde acostumbra celebrar sus audiencias, sito en la calle J.S.R. esquina S.S., No. 1-A, Sector Gazcue, Distrito Nacional, con la presencia de sus jueces: S.H.M., J.P.; JUDHIT CONTRERAS ESMURDOC, J.; F.E.F., J.; asistidos de la infrascrita Secretaria, ha dictado en sus atribuciones de amparo, y en audiencia pública la sentencia que sigue

CON MOTIVO DEL RECURSO DE AMPARO interpuesto por el señor H.W.M.P., dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral No. 025-0024929-3, domiciliado y residente en la ciudad de El Seibo, debidamente representado por la DRA. R.M.J. DE LA PAZ, dominicana, mayor de edad, Abogada de los Tribunales de la República, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 020-0001169-8, con estudio profesional abierto en el No.120, suite 101, Edificio las Anas de la Av. G.M.R., de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, CONTRA los señores J.R.V.C. en su calidad de Síndico Municipal de Santa Cruz de El Seibo y V.M. en su calidad de Presidente del Consejo Municipal del Municipio de Santa Cruz de El Seibo

VISTA Y LEIDA la instancia introductiva del recurso de fecha 02 de enero del año 2008 y depositada por ante la Secretaría del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo, en esa misma fecha, suscrita por la DRA. R.M.J. DE LA P., de generales anotadas, en representación de H.W.M.P., cuyas conclusiones son las siguientes: "PRIMERO: Declarar en cuanto a la forma regular y válida el presente Recurso de Amparo por haber sido ejercido en tiempo hábil y de conformidad con las normas que rigen la materia; SEGUNDO: En cuanto al fondo acoger el A. y ordenar la tutela efectiva de los derechos fundamentales violados al S.H.W.M.P., relacionados con el libre acceso a la información pública que ha requerido a los S.J.R.V.C. en su calidad de Síndico Municipal de Santa Cruz de El Seibo y el señor V.M. en su calidad de Presidente del Consejo Municipal del Municipio de Santa Cruz de El Seibo y en consecuencia se ordene a dichos señores: a) Ordenar al señor J.R.V.C. en su calidad de Síndico Municipal y al señor V.M. en su calidad de Presidente del Consejo Municipal: 1.- Estado financiero desde enero-octubre 2007 (Entrada y salida de los recursos recibidos). 2.- Estado financiero del 4% de la asignación a salud y educación (monto real en la actualidad). 3.- Estado de egreso percibido por esa institución desde enero-octubre 2007. 4.- Informe completo de las obras ejecutadas y pendientes a ejecutar durante el año 2007 con sus aportes de acuerdo a la ley de contratación de Bienes y Servicios y la Ley 176-07 según el Art. 216. 5.- Una copia del presupuesto de la asignación de combustible durante el año fiscal 2007. Copias de las Nóminas Electrónicas, Servicios e Inversión que ha pagado dicho organismo, desde enero-octubre 2007; TERCERO: Que a los fines de garantizar la decisión que se emita condenéis solidariamente a los señores J.R.V.C. y al señor V.M., a pagar al señor H.W.M.P., un astreinte ascendiente a la suma de Diez Mil Pesos Dominicanos (RD$10,000.00) por cada día que pase sin que se proceda a entregar la información solicitada, liquidable por el Tribunal cada Tres (3) días, de forma administrativa, por simple requerimiento del beneficiario el señor H.W.M.P.. CUARTO: Ordenando que la sentencia que intervenga sea ejecutoria de manera provisional y sin fianza a vista de minuta, no obstante cualquier recurso que se interponga en...

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