Decreto Nº 142-20. Dispone que Se Mantendrán Vigentes por Un Plazo Adicional de Quince (15) Días, a Partir del Viernes 3 de Abril del Año en Curso, Todas las Medidas de Distanciamiento Social y las Medidas Adicionales que Ha Implementado la Comisión de Alto Nivel para la Prevención y Control de Coronavirus.
Fecha de disposición | 02 Abril 2020 |
Número de Decreto | 142-20 |
Fecha de publicación | 30 Abril 2020 |
Número de registro | 3395712 |
Número de Gaceta | 10975 |
Emisor | MINISTERIO DE INTERIOR Y POLICIA. |
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Dec. No. 142-20 dispone que se mantendrán vigentes por un plazo adicional de quince
(15) días, a partir del viernes 3 de abril del año en curso, todas las medidas de
distanciamiento social y las medidas adicionales que ha implementado la Comisión de
Alto Nivel para la Prevención y Control de Coronavirus. G. O. No. 10975 del 30 de abril
de 2020.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 142-20
CONSIDERANDO: Que aún se mantienen las circunstancias que dieron lugar a la adopción
de las medidas de distanciamiento social para evitar contagios, desplazamientos y
aglomeraciones de personas con miras a reducir drásticamente la expansión del COVID-19.
CONSIDERANDO: Que de acuerdo con los expertos en salud pública la curva de expansión
del COVID-19 en el país no ha llegado a su punto máximo, lo que requiere seguir aplicando
de manera estricta las medidas que se han implementado en respuesta a esta pandemia.
CONSIDERANDO: Que es necesario extender el plazo de vigencia de estas medidas para
revertir la tendencia de contagio y lograr, en el menor tiempo posible, que el país pueda
retornar progresivamente a la normalidad.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 21-18, sobre regulación de los Estados de Excepción contemplados
por la Constitución de la República Dominicana, del 25 de mayo de 2018.
VISTA: La Resolución núm. 62-20, que autoriza al presidente de la República a declarar el
estado de emergencia en todo el territorio nacional de la República Dominicana, del 19 de
marzo de 2020.
VISTO: El Decreto núm. 134-20, mediante el cual el presidente de la República declara el
estado de emergencia en todo el territorio nacional de la República Dominicana, del 19 de
marzo de 2020.
VISTO: El Decreto núm. 135-20, del 20 de marzo de 2020, que establece un toque de queda
en todo el territorio nacional por un plazo de quince (15) días.
VISTO: El Decreto núm. 136-20, del 23 de marzo de 2020, que modifica el artículo 2 del
Decreto núm. 135-20 del 20 de marzo de 2020.
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