Resolución nº 003-2020 del Consejo del Poder Judicial, 06-05-2020

Fecha de la decisión06 Mayo 2020
Número de resolución003-2020
EmisorConsejo del Poder Judicial
REPÚBLICA DOMINICANA
CONSEJO DEL PODER JUDICIAL
Comisiones de Trabajo de Juezas, Jueces y Servidores(as) Judiciales
Av. Enrique Jiménez Moya, esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional,
República Dominicana. Código postal 10101. Tel.: 809-533-3191 • www.poderjudicial.gob.do
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Resolución núm. 003-2020
DIOS, PATRIA Y LIBERTAD
REPÚBLICA DOMINICANA
En nombre de la República, el Consejo del Poder Judicial, órgano constitucional
permanente de administración y disciplina del Poder Judicial, regularmente
constituido por el magistrado Luis Henry Molina Peña, Presidente de la Suprema
Corte de Justicia y del Consejo del Poder Judicial, y los magistrados Nancy I.
Salcedo Fernández, Etanislao Radhamés Rodríguez Ferreira, Fernando Fernández
Cruz y Leonardo Recio Tineo, miembros del Consejo del Poder Judicial, asistidos
por la Secretaria General del Consejo del Poder Judicial, Gervasia Valenzuela Sosa,
en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, hoy día cinco (05) del mes de
mayo del año dos mil veinte (2020), año 177 de la Independencia y 157 de la
Restauración, dicta en Cámara de Consejo, la siguiente resolución:
COMISIONES DE TRABAJO DE JUEZAS, JUECES Y SERVIDORES(AS)
JUDICIALES
Vistos(as):
1. La Constitución de la República Dominicana, votada y proclamada por la
Asamblea Nacional en fecha 13 de junio de 2015.
2. La Ley núm. 327-98, de Carrera Judicial, de fecha 11 de agosto de 1998.
3. La Ley núm. 28-11, Orgánica del Poder Judicial, del 20 de enero de 2011.
4. La Ley núm. 126-02, sobre el Comercio Electrónico, Documentos y Firmas
Digitales, de fecha 4 de septiembre de 2002.
5. La Ley núm. 821, del 21 de noviembre de 1927, de Organización Judicial y
sus modificaciones.
6. La Resolución núm. 09-2019, de fecha 23 de julio de 2019 que aprueba el
Reglamento de Control Administrativo Interno del Consejo del Poder
Judicial.
7. Resolución núm. 62-20, emitida por el Congreso Nacional, de fecha 18 de
marzo del año 2020.
8. Acta extraordinaria núm. 001-2020, del Consejo del Poder Judicial, de fecha
18 de marzo del año 2020.
REPÚBLICA DOMINICANA
CONSEJO DEL PODER JUDICIAL
Comisiones de Trabajo de Juezas, Jueces y Servidores(as) Judiciales
Av. Enrique Jiménez Moya, esq. Juan de Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional,
República Dominicana. Código postal 10101. Tel.: 809-533-3191 • www.poderjudicial.gob.do
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9. Acta extraordinaria núm. 002-2020, del Consejo del Poder Judicial, de fecha
19 de marzo del año 2020.
10. Plan Estratégico 20/24 del Poder Judicial, aprobado mediante Acta núm.
47-2019, del Consejo del Poder Judicial de fecha 17 de diciembre del año
2019.
En consideración a que:
1. Conforme el artículo 8 de la Constitución, el Poder Judicial de la República
Dominicana comparte la función esencial de proteger de manera efectiva el
respeto a la dignidad humana, los derechos fundamentales de las personas y
el trabajo, no solo administrando justicia, al decidir sobre los conflictos que le
son sometidos, sino también adoptando las medidas pertinentes para el
desarrollo de los mismos dentro de un marco de libertad individual y de justicia
social, compatibles con el orden público y el bienestar general.
2. Nuestra Constitución Política se rige por los valores supremos y principios
fundamentales de la integridad humana, la cual contempla el respeto y
protección de las personas por parte del Estado ante todo caso de amenaza,
riesgo o violación de su integridad física, psíquica y moral. Por su parte, el
derecho a la salud integral implica el deber de procurar los medios para la
prevención y tratamiento de todas las enfermedades, adoptando las políticas
pertinentes.
3. El Consejo del Poder Judicial dirige y administra todos los aspectos de carácter
presupuestario, financiero y de gestión administrativa del Poder Judicial; como
gestor administrativo y en su función de coordinación le corresponde
garantizar el empleo digno de todos los(as) servidores(as) judiciales previniendo
posibles escenarios que comprometan la salud física de los(as) usuarios(as) y
servidores (as) judiciales.
4. En fecha 30 de enero de 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró
emergencia de salud pública, de importancia internacional, el brote de una
enfermedad por el COVID-19 (Coronavirus). Posteriormente, declaró esta
enfermedad como pandemia, en fecha 11 de marzo de 2020, debido a la
propagación del virus y consecuente cantidad de personas contagiadas en
varios países del mundo
5. Al registrarse los primeros casos de contagio, en el territorio nacional, el 19 de
marzo de 2020, mediante Decreto núm. 134-2020 el Poder Ejecutivo declaró el

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