Resolución Nº 0045-2023 de Ministerio de Medio Ambiente, 2023

Número de resolución0045-2023
Fecha19 Octubre 2023
Tipo de documentoResoluciones




RESOLUCIÓN NÚM. 0045/2023 QUE APRUEBA Y AUTORIZA LA EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN NACIONAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS MARINOS


CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República establece que es deber del Estado la preservación y protección del medio ambiente en provecho de las presentes y futuras generaciones, para garantizar los derechos individuales y colectivos de uso y goce sostenible de los recursos naturales, el desarrollo y preservación de las distintas formas de vida, del paisaje y la naturaleza.


CONSIDERANDO: Que siendo el medio ambiente y los recursos naturales un conjunto de bienes comunes y esenciales para la sociedad, es deber y responsabilidad del Estado y de sus instituciones, incluyendo los gobiernos municipales y cada ciudadano, cuidar de que no se agoten, deterioren o degraden, para que puedan ser aprovechados racionalmente y disfrutados por las generaciones presentes y futuras.


CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 225-20 de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos da al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales la facultad de elaborar cuantos instrumentos de gestión sean necesarios para garantizar la aplicación efectiva de la misma. Basados en esta facultad, el ministerio ha identificado la necesidad de contar con un plan de acción que permita gestionar integralmente los residuos marinos.


CONSIDERANDO: Que se consideran residuos marinos/basura marina a todo material solido manufacturado o procesado que entra a los ambientes costeros y marinos por vía terrestre y por actividades en el mar, los cuales pueden ser de plásticos metal, madera, telas, papel, vidrio o caucho.


CONSIDERANDO: Que los residuos marinos es una problemática global que acarrea efectos ambientales, sociales, económicos y estéticos, que constituyen desafíos complejos y multidimensionales para los ecosistemas costeros-marinos y las actividades humanas alrededor del mundo.


CONSIDERANDO: Que los daños ocasionados al medio ambiente y los recursos naturales por el incorrecto manejo de los residuos hace necesario adoptar medidas que garanticen la conservación de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado para la presentes y futuras generaciones.


CONSIDERANDO: Que, con miras a la mejora de la gestión de los residuos marinos, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con el apoyo de la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA), promueve la creación del Plan de Acción Nacional para la Gestión Integral de los Residuos Marinos, el cual contribuirá a alcanzar la meta de tener mares y costas libres de residuos sólidos.


CONSIDERANDO: Que la contaminación por residuos marinos se debe en gran medida al comportamiento humano, ya sea de manera accidental o intención, la cual proviene de actividades terrestres, vertido de residuos en las playas, turismo y uso recreativo de las costas, actividades de la industria pesquera, astilleros de desguace y transportación marítima.



CONSIDERANDO: Que un plan de acción integral involucra un sinnúmero de acciones, actuaciones e interacciones desde distintas instituciones e instancias diferentes del Gobierno central como de los gobiernos locales y requiere contar con el involucramiento del sector privado, la academia, las organizaciones no gubernamentales, las comunidades, especialmente las de zonas costeras y la sociedad civil en sentido general.


CONSIDERANDO: Que el Plan de Acción Nacional para la Gestión Integral de los Residuos Marinos debe estar alineado con el Plan Nacional de Prevención y Gestión Integral de Residuos Sólidos (PLANGIR), el Plan de Responsabilidad Extendida del Productor, Comercializador e Importador (REP), y los Estándares de Sitios de Disposición Final.


CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 1-12 de Estrategia Nacional 2030 definió como meta, en el cuarto (4to) eje estratégico procurar, “Una sociedad con cultura de producción y consumo sostenible, que gestiona con equidad y eficacia los riesgos y la protección del medio ambiente y los recursos naturales, y promueve una adecuada adaptación al cambio climático”, y ese y otros ejes contemplan líneas de acción especificas relacionadas con el tema de los residuos y su impacto en el medio ambiente.


VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.


VISTA: La Ley núm. 64-00, General de Medio Ambiente y Recursos Naturales, del 18 de agosto del 2000.


VISTA: La Ley núm. 247-12, Orgánica de la Administración Pública, del 14 de agosto de 2012.


VISTA: La Ley núm. 107-13, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento...

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