Sentencia Nº TC/0184/20 de Tribunal Constitucional, 14-08-2020

Número de sentenciaTC/0184/20
Fecha14 Agosto 2020
Número de expediente TC-04- 2017-0102
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm.TC-04-2017-0102, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por el
señor Víctor Pache Rodríguez contra la Sentencia núm. 342-2016-SSEN-00479, dictada por el Juzgado de Paz del Municipio
de San Pedro de Macorís el diez (10) de noviembre de dos mil dieciséis (2016). Página 1 de 39
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0184/20
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2017-0102, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional incoado por el señor
Víctor Pache Rodríguez contra la
Sentencia núm. 342-2016-SSEN-
00479, dictada por el Juzgado de Paz
del Municipio de San Pedro de
Macorís el diez (10) de noviembre de
dos mil dieciséis (2016).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los catorce (14) días del mes de agosto del año dos mil veinte
(2020).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José
Alejandro Ayuso, Alba Luisa Beard Marcos, Ana Isabel Bonilla Hernández,
Justo Pedro Castellanos Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo
Antonio Gil, Wilson S. Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez y
Miguel Valera Montero, en ejercicio de sus competencias constitucionales y
legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 y 277 de la
Constitución, así como en los arts. 9 y 53 de la Ley núm. 137-11, Orgánica de
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales del trece (13)
de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm.TC-04-2017-0102, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por el
señor Víctor Pache Rodríguez contra la Sentencia núm. 342-2016-SSEN-00479, dictada por el Juzgado de Paz del Municipio
de San Pedro de Macorís el diez (10) de noviembre de dos mil dieciséis (2016). Página 2 de 39
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la decisión recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Sentencia núm. 342-2016-SSEN-00479, objeto del presente recurso de
revisión fue dictada por el Juzgado de Paz del Municipio de San Pedro de
Macorís el diez (10) de noviembre de dos mil dieciséis (2016). Esta decisión
rechazó la acusación presentada por la fiscalizadora del Juzgado de Paz del
Municipio de Higüey, con constitución en actor civil, por el señor Víctor Pache
Rodríguez, contra la sociedad Inversiones Coralillo, S. A. (Hotel Iberostar
Dominicana) y la señora Elizabeth Núñez Peña. La indicada inculpación se
funda en alegadas violaciones a los arts. 52, 712, 720, 722, 725, 726 y 728 del
Código de Trabajo, así como a los arts. 112, 113, 192, 193, 195, 202, 203, 207
de la Ley núm. 87-01, sobre Seguridad Social, del diez (10) de diciembre de dos
mil doce (2012). El dispositivo de dicho fallo reza como sigue:
Primero: Dicta sentencia absolutoria a favor de Hotel Iberostar
Dominicana (Inversiones Coralillo) y Bienvenida Elizabeth Núñez Peña,
de generales que constan en otro apartado de esta decisión, por no
haberse probado la acusación y no existir elementos suficientes que
puedan establecer su responsabilidad penal.
Segundo: Exime de las costas penales del proceso.
Tercero: Rechaza el aspecto civil, en virtud de las consideraciones antes
mencionadas.
Cuarto: Difiere la lectura integra de la presente decisión para el día
primero (01) del mes de diciembre del año 2016.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm.TC-04-2017-0102, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por el
señor Víctor Pache Rodríguez contra la Sentencia núm. 342-2016-SSEN-00479, dictada por el Juzgado de Paz del Municipio
de San Pedro de Macorís el diez (10) de noviembre de dos mil dieciséis (2016). Página 3 de 39
Quinto: Informa a las partes sobre el plazo de los 20 días para interponer
recurso de apelación.
La indicada sentencia núm. 342-2016-SSEN-00479 fue notificada a las partes
recurridas, Inversiones Coralillo, S. A. y la señora Elizabeth Núñez Peña,
mediante el Acto núm. 39/2017, instrumentado por el ministerial Luis Omar
García
1
, el catorce (14) de enero de dos mil diecisiete (2017). Sin embargo, no
reposa en el expediente constancia de notificación de dicha decisión a la
fiscalizadora del Juzgado de Paz del Municipio de Higüey, como tampoco al
señor Víctor Pache Rodríguez.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
El recurso de revisión constitucional contra la Sentencia núm. 342-2016-SSEN-
00479, dictada por el Juzgado de Paz del Municipio de San Pedro de Macorís
el diez (10) de noviembre de dos mil dieciséis (2016), fue sometido al Tribunal
Constitucional por el señor Víctor Pache Rodríguez, según instancia depositada
ante el Juzgado de Paz del Municipio de San Pedro de Macorís el veinte (20) de
enero de dos mil diecisiete (2017).
El indicado recurso de revisión fue notificado a las recurridas, Inversiones
Coralillo, S. A. y la señora Elizabeth Núñez Peña, mediante Acto de alguacil
núm. 88/2017, del veintisiete (27) de enero de dos mil diecisiete (2017). Sin
embargo, no consta notificación del recurso en cuestión a la fiscalizadora del
Juzgado de Paz del Municipio de Higüey.
1
Alguacil ordinario de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Pedro de Macorís.

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