Sentencia Nº TC/0327/18 de Tribunal Constitucional, 03-09-2018

Número de sentenciaTC/0327/18
Número de expediente TC-08-2014-0028
Fecha03 Septiembre 2018
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-08-2014-0028, relativo al recurso de casación incoado por la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos
(APAP) contra la Sentencia núm. 00341-2011, dictada por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Nacional, en atribuciones de amparo, el veintitrés (23) de marzo de dos mil once (2011).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0327/18
Referencia: Expediente núm. TC-08-
2014-0028, relativo al recurso de
casación incoado por la Asociación
Popular de Ahorros y Préstamos
(APAP) contra la Sentencia núm.
00341-2011, dictada por la Tercera
Sala de la Cámara Civil y Comercial
del Juzgado de Primera Instancia del
Distrito Nacional, en atribuciones de
amparo, el veintitrés (23) de marzo de
dos mil once (2011).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los tres (3) días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Leyda Margarita Piña Medrano, primera sustituta; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Ana Isabel Bonilla Hernández, Víctor Joaquín
Castellanos Pizano, Jottin Cury David, Rafael Díaz Filpo, Wilson S. Gómez
Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez e Idelfonso Reyes, en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, específicamente las previstas en los
artículos 185.4 de la Constitución y 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica de
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de
junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-08-2014-0028, relativo al recurso de casación incoado por la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos
(APAP) contra la Sentencia núm. 00341-2011, dictada por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Nacional, en atribuciones de amparo, el veintitrés (23) de marzo de dos mil once (2011). Página 2 de 27
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en casación
La Sentencia núm. 00341-201, objeto del presente recurso de casación, fue dictada
en atribuciones de amparo por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del
Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el veintitrés (23) de marzo de
dos mil once (2011). Este fallo, que decidió la acción de amparo promovida por la
señora Selandia Cedeño Rodríguez de Báez contra la Asociación Popular de Ahorros
y Préstamos (APAP), contiene el dispositivo siguiente:
PRIMERO: Acoge la presente ACCIÓN CONSTITUCIONAL DE AMPARO,
interpuesta por la señora Selandia Cedeño Rodríguez y, en consecuencia,
condena a la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos al pago de Dos
Millones Ochocientos Mil Pesos Dominicanos (RD$2,800,000.00), por las
motivaciones antes expuestas.
SEGUNDO: Fija un astreinte de Quinientos Pesos con 00/100 (RD$500.00)
diarios, contados por cada día de retraso en el cumplimiento de la ejecución
de esta sentencia, a partir de los 30 días después que le haya sido notificada
la misma a la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos.
La Sentencia núm. 00341-2011 fue notificada por la señora Selandia Cedeño
Rodríguez de Báez a la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos (APAP)
mediante el Acto núm. 469/2011, del diecisiete (17) de mayo de dos mil once (2011),
instrumentado por el ministerial Roberto Antonio Eufracia Ureña, alguacil ordinario
de la Quinta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia
del Distrito Nacional.

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