Resolución Nº 0042-2023 de Ministerio de Medio Ambiente, 2023

Número de resolución0042-2023
Año2023
Fecha02 Octubre 2023
Tipo de documentoResoluciones




RESOLUCIÓN NÚM. 0042/2023 QUE EMITE EL REGLAMENTO OPERATIVO Y FUNCIONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS (SINGIR).


CONSIDERANDO: Que, conforme a la Constitución de la República, la Administración Pública está sujeta en su actuación a los principios de eficacia, jerarquía, objetividad, igualdad, transparencia, economía, publicidad y coordinación, con sometimiento pleno al ordenamiento jurídico del Estado.


CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 64-00, General de Medio Ambiente y Recurso Naturales, que crea el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, establece los principios jurídicos para desarrollar las políticas públicas encaminadas a la defensa y protección del medio ambiente y los recursos naturales.


CONSIDERANDO: Que siendo el medio ambiente y los recursos naturales un conjunto de bienes y servicios comunes, esenciales para la sociedad, es deber y responsabilidad del Estado y de sus instituciones, incluyendo los gobiernos municipales, y a cada ciudadano, cuidar de que no se agoten, deterioren o degraden, para que puedan ser aprovechados racionalmente.


CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 225-20, de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, crea el Sistema Nacional para la Gestión Integral de los Residuos, como instrumento responsable de gestión que propicia la coordinación interinstitucional y municipal que tiene por objeto generar recomendaciones para la gestión integral de los residuos en los diferentes entes del gobierno.


CONSIDERANDO: Que el la Ley núm. 225-20, de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos en su artículo 21 dispone el funcionamiento del Sistema Nacional para la Gestión Integral de los Residuos, el cual asumirá la coordinación de las políticas y planes de prevención y gestión integral de residuos a nivel nacional, junto al Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Educación, La Federación Dominicana de Municipios (FEDOMU), la Federación Dominicana de Distritos Municipales (FEDODIM) y la Liga Municipal Dominicana.


CONSIDERANDO: Que la salud constituye un bien que solo podrá obtenerse mediante la estructuración de políticas coherentes de Estado, que garanticen la participación integrada, informada y responsable de los miembros de la sociedad y sus instituciones, en acciones que promuevan y garanticen, en forma equitativa y justa condiciones de vida propiedades para todos los ciudadanos.


CONSIDERANDO: Que es de vital importancia integrar las instituciones oficiales, autónomas y semiautónomas, involucradas en la gestión, uso, manejo, administración, reglamentación y fomento de los recursos naturales y la preservación y protección del medio ambiente.




CONSIDERANDO: Que el Sistema Nacional para la Gestión Integral de los Residuos (SINGIR), aplicará la legislación específica en materia de residuos que contribuyan a la prevención y protección del medio ambiente y los recursos naturales, además coordinará las políticas económicas, industriales y territoriales, a fin de incentivar la reducción de los residuos y dar prioridad a la reutilización, reciclado y valorización sobre otras técnicas de gestión de residuos.


VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.


VISTA: La Ley núm. 64-00, que crea el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, del 18 de agosto de 2000.


VISTA: La Ley núm. 247-12, Orgánica de la Administración Pública, del 14 de agosto de 2012.


VISTA: La Ley núm. 107-13, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, del 8 de agosto del 2013.


VISTA: La Ley núm. 225-20, General de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, del 2 de octubre del 2020.


VISTA: La Ley No. 167-21 de Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites. del 12 de agosto de 2021.


VISTO: El Decreto núm. 486-22, que...

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