Resolución Nº 2012-311 de Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, 2012

Año2012
Número de resolución2012-311
111P
REPUBLICA DOMINICANA
Ministerio de Industria y Comercio
"Año del Fortalecimiento del Estado Social y Democrático de Derecho"
RESOLUCION NO.
311
EL MINISTRO DE INDUSTRIA Y COMERCIO
CONSIDEFtANDO:
Que es deber del gobierno dominicano disponer de todo tipo de
iniciativa en interés de asegurar el abastecimiento de combustibles a precios razonables en
las actividades de transporte de pasajeros y carga, a fin de no encarecer las tarifas de los
mismos;
CONSIDERANDO:
Que en ocasión del aumento sustancial registrado en los precios de los
derivados del petróleo en el mercado internacional que excede las posibilidades de
estabilidad de precios asumidas por el gobiemo dominicano, y que esta circunstancia
externa es necesario adaptarla de una forma razonable y justa a la realidad nacional, fue
necesario establecer mediante el Decreto No. 183-11, del 24 de marzo de 2011, un
mecanismo de compensación de los impuestos al consumo de gasoil regular pagados por
los afiliados de los gremios de transporte urbano, interurbano y turístico de pasajeros y
carga, que utilizan ese combustible, por un período de 3 meses;
CONSIDEFtANDO:
Que en vista del incremento en los consumos de combustibles
verificados en los últimos meses, se ha acumulado un déficit de la compensación al gasoil
dispuesta por el Decreto No.183-11, de fecha 24 de marzo de 2011, y sus sucesivas
modificaciones, extensiones y prórrogas;
CONSIDEFtANDO:
Que este déficit acumulado en la compensación del gasoil
compensado, debe ser amortizado por el gobierno dominicano a los fines de no afectar las
tarifas de los servicios de transporte que ofrecen los transportistas de carga y pasajeros;
VISTA:
La Ley No. 112-00, del 29 de noviembre de 2000, que establece un impuesto al
consumo de combustibles fósiles y derivados del petróleo;
VISTA:
La Ley No. 557-05, del 13 de diciembre de 2005, sobre Reforma Tributaria;
VISTA:
La Ley No. 495-06, del 28 de diciembre de 2006, sobre Rectificación Tributaria;
VISTO:
El Decreto No. 924-09, del 30 de diciembre de 2009, que delega en la Dirección
General de Impuestos Internos (DGII), en coordinación con el Ministerio de Hacienda, la
administración de las recaudaciones correspondientes al impuesto especifico sobre el
2012/COMPENSACION GASOIL TFtANSPORTISTAS
Av. México, esquina Av. Leopoldo Navarro, Edif. Ofidnas Gubernamentales "Juan Pablo Duarte", Piso 7, Santo Domingo, D.N.
*Teléfono: (809) 685-5171 *686-1973*Página Web:
www.mic.nob.do

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR