El contrato de edición en la legislación dominicana

AutorEdynson Alarcón
Páginas169-174
169
XIII
EL CONTRATO DE EDICIÓN
EN LA LEGISLACIÓN DOMINICANA
XIII.1 Concepto y naturaleza
En línea con el Art. 85 LDA, el contrato de edición se define como aquel
en que el titular del correspondiente derecho sobre una obra literaria, artís-
tica o científica se obliga a entregar un ejemplar de la misma al editor, quien
a su vez se compromete a publicarla, distribuirla y promoverla por su pro-
pia cuenta y riesgo, en las condiciones pactadas y con sujeción a las prescrip-
ciones legales.
El convenio de edición supone, pues, una concesión exclusiva o no
exclusiva de derechos autorales, en que el editor, naturalmente, funge como
“cesionario” y el autor o su derechohabiente lo hace, a su vez, como “cedente”.
Más que de un simple contrato, pudiéramos estar en presencia de una

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