Resolución Nº 250-2022 de Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, 2022

Año2022
Número de resolución250-2022
i
GOBIERNO
DE
LA
REPÚBLICA
DOMINICANA
INDUSTRIA,
COMERCIO
Y
MIPYMES
25
0
-202
2
RESOLUCIÓN
No.
EL
MINISTRO
DE
INDUSTRIA,
COMERCIO
Y
MIPYMES
CONSIDERANDO:
Que
según
las
disposiciones
del
artículo
1
de
la
Ley
No.
37-17
de
fecha
cuatro
(4)
de
febrero
de
dos
mil
diecisiete
(2017)
(G.0.10901),
modificada
mediante
la
Ley
No.
10-21
de
fecha
once
(11)
de
febrero
de
dos
mil
veintiuno
(2021),
que
reorganiza
el
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
es
el
órgano
rector
y
encargado
de
la
formulación,
adopción,
seguimiento,
evaluación
y
control
de
las
políticas
relativas
a
la
comercialización,
control
y
abastecimiento
del
mercado
del
petróleo
y
demás
combustibles.
CONSIDERANDO:
Que
conforme
a
lo
dispuesto
por
el
artículo
2,
numerales
1)
y
12)
de
la
indicada
Ley
No.
37-17,
el
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
tiene
las
atribuciones
de
establecer
la
política
nacional
y
aplicar
las
estrategias
para
el
desarrollo,
fomento
y
competitividad
de
la
Industria
y
el
comercio
interno,
incluida
la
comercialización,
el
control
y
el
abastecimiento
del
mercado
de
petróleo
y
demás
combustibles
y
se
encuentra
facultado
para
analizar
y
decidir,
mediante
resolución,
sobre
las
solicitudes
de
concesiones,
licencias,
permisos
o
autorizaciones
relativas
a
las
actividades
de
comercialización
de
derivados
de
petróleo
y
demás
combustibles,
así
como
de
su
caducidad
y
revocación.
CONSIDERANDO:
Que
el
párrafo
II
del
artículo
2
de
la
Ley
No.
37-17,
enumera
taxativamente
las
actividades
que
componen
el
proceso
de
comercialización
de
los
derivados
del petróleo
y
demás
combustibles,
incluyéndose
dentro
de
las
mismas,
la
importación
y
reexportación;
construcción
y
operación
de
terminales
de
importación,
depósitos
y
almacenamiento
y
venta
al
por
mayor
y
al
detalle.
CONSIDERANDO:
Que
el
Decreto
No.
307-01
de
fecha
dos
(2)
de
marzo
de
dos
mil
uno
(2001),
que
establece
el
Reglamento
de
Aplicación
de
la
Ley
Tributaria
de
Hidrocarburos
No.
112-00,
de
fecha
veintinueve
(29)
de
noviembre
de
dos
mil
(2000),
confiere
al
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
las
atribuciones
de
regular
y
supervisar
las
actividades
de
importación,
distribución,
transporte
y
expendio
de
productos
derivados
del
petróleo,
y
todo
lo
concerniente
al
comercio
interno
de
estos
productos.
CONSIDERANDO:
Que
el
citado
Decreto
No.
307-01,
establece
que
las
solicitudes
de
licencias
para
efectuar
actividades
en
el
mercado
del
petróleo
y
sus
derivados
se
presentarán
ante
el
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
el
cual
dictará
la
resolución
correspondiente,
previo
análisis
y
evaluación
de
la
empresa
solicitante.
A
^
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1
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14
2022
/
ELIEZER
GAS,
S.R.L./
LICENCIA
PARA
OPERAR
PLANTA
ENVASADORA
DE
GAS
LICUADO
DE
PETROLEO
(GLP)
/
"ENVASADORA
ELIEZER
GAS,
BANI,
PERAVIA".
Torre
MICM
Avenida
27
Febrero
506
Bella
Vista
Apartado
Postal
10121
Santo
Domingo
República
Dominicana
TELÉFONO
009
605
5171
DESDE
EL
INTERIOR
809
200
5171
MICM.GOB.DO
t
áíáí^
GOBIERNO
DE
LA
REPÚBLICA
DOMINICANA
INDUSTRIA,
COMERCIO
YMIPYMES
CONSIDERANDO:
Que
según
los
términos
del
artículo
21
del
referido
Decreto
No.
307-01
y
disposiciones
complementarias,
las
personas
interesadas
en
la
operación
de
estaciones
de
expendio
de
combustibles
líquidos
y
gas
licuado
de
petróleo
(GLP),
deberán
previamente
obtener
las
aprobaciones
establecidos
en
las
regulaciones
vigentes
por
los
organismos
oficiales
que
intervienen
en
cada
una
de
las
etapas
del
proceso
de
aprobación,
como
son:
Los
ayuntamientos,
el
Cuerpo
de
Bomberos,
Ministerio
de
la
Vivienda
y
Edificaciones
(MIVED),
la
Defensa
Civil,
la
Dirección
General
de
Catastro
y
el
Ministerio
de
Medio
Ambiente;
y
finalmente,
se
expedirá
el
permiso
de
operación
o
licencia
para
autorizar
el
inicio
de
las
actividades
de
la
prestación
de
los
servicios
de
estos
establecimientos,
previo
cumplimiento
de
obtención
de
todas
las
autorizaciones
de
los
organismos
oficiales
señalados
anteriormente
y
se
efectúe
la
revisión
técnica
de
seguridad
correspondiente.
CONSIDERANDO:
Que
conforme
a
las
disposiciones
del
artículo
14,
Párrafo
II
del
Decreto
No.
100-18,
de
fecha
seis
(6)
de
marzo
de
dos
mil
dieciocho
(2018),
que
establece
el
nuevo
Reglamento
Orgánico
Funcional
del
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
ha
sido
creada
la
Dirección
de
Supervisión
y
Control
de
Estaciones
de
Expendio,
como
una
Dirección
Sustantiva
con
el
objetivo
de
asegurar
que
las
estaciones
de
expendio
de
combustibles
líquidos,
plantas
envasadoras
de
Gas
Licuado
de
Petróleo
(GLP)
y
Gas
Natural
Vehicular
(GNV)
y
estaciones
que
combinen
el
expendio
de
GNV
con
otro
combustible,
se
establezcan
y
brinden
sus
servicios
de
conformidad
con
las
leyes,
reglamentos,
resoluciones,
normas
técnicas
y
de
calidad
y
otras
disposiciones
emanadas
del
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
y
que
dicha
dirección
ha
pasado
a
ser
la
continuadora
jurídica
del
antiguo
Plan
Regulador
Nacional
de
Estaciones.
CONSIDERANDO:
Que
mediante
la
Resolución
No.
73-17
dictada
por
el
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
en
fecha
veintiocho
(28)
de
marzo
de
dos
mil
diecisiete
(2017),
fue
establecido
un
nuevo
procedimiento
para
la
construcción
y
operación
de
estaciones
de
expendio
de
combustibles
y
plantas
envasadoras
de
gas
licuado
de
petróleo
(GLP)
y
al
efecto,
el
artículo
tercero
de
la
preindicada
resolución
dispone
que
las
licencias
para
la
operación
de
estaciones
de
expendio
de
combustibles
y
envasadoras
de
gas
licuado
de
petróleo
(GLP)
deben
ser
otorgadas
exclusivamente
bajo
el
formato
de
resolución
motivada
del
Ministro
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
sujeto
al
resultado
favorable
de
la
Evaluación
Técnica
Final
del
proyecto
realizada
por
la
Dirección
de
Supervisión
y
Control
de
Estaciones
de
Expendio
(anteriormente
Plan
Regulador
Nacional)
y
el
cumplimiento
de
los
demás
requisitos
consignados
en
el
mismo
artículo.
/VJ^
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14
2022
/
ELIEZER
GAS,
S.R.L./
LICENCIA
PARA
OPERAR
PLANTA
ENVASADORA
DE
GAS
LICUADO
DE
PETROLEO
(GLP)
/
"ENVASADORA
ELIEZER
GAS,
BANI,
PERAVIA".
Rt-públic.i
l>om!nic.in.i
Saruo
Domingo
MICM.G08.D0
Bella
Vist.i
Aparraiio
Posral
10121
DrSDF
R
INTFRIOR
309
?00
5171
Avenivla
2/
Febrero
306
TFl
fFONO
309
635
5171
Torre
MICM
I
GOBIERNO
DE
LA
REPÚBLICA
DOMINICANA
INDUSTRIA,
COMERCIO
Y
MIPYMES
CONSIDERANDO:
Que
mediante
la
Resolución
No.
297-19
emitida
por
este
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
en
fecha
cuatro
(4)
de
octubre
de
dos
mil
diecinueve
(2019),
fueron
establecidos
los
requisitos
de
funcionalidad,
régimen
de
distancias
y
normas
de
seguridad
aplicables
a
los
proyectos
de
plantas
envasadoras
de
Gas
Licuado
de
Petróleo
(GLP),
incluyendo
estaciones
categoría
III
(GLP-GNV),
levantamiento
de
la
suspensión
temporal
de
evaluación
técnica
de
nuevos
proyectos
y
Régimen
de
distancias
aplicables
a
estaciones
que
expenden
Gas
Natural
Vehicular
(GNV).
CONSIDERANDO:
Que
el
artículo
20
de
la
citada
enumera
tas
infracciones
administrativas
reiativas
a
los
hidrocarburos
y
su
comercialización,
y
los
numerales
5
y
14
del
mismo
artículo
tipifican
dentro
de
estas
infracciones
ei
"contravenir
¡os
términos
dei
título
habilitante
respecto
de
la
comercialización
de
hidrocarburos
emitidos
por
ei
MICM'
y
''realizar
cualquier
actividad
relacionada
con
ia
cadena
de
comercializació
n
de
hidrocarburos
en
virtud
de
una
Ucencia,
permiso
o
autorización
no
vigentd'.
CONSIDERANDO:
Que
en
vista
dei
mandato
expreso
de
la
y
las
atribuciones
que
le
confiere
su
Ley
Orgánica
No.
37-17,
el
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM)
tiene
la
urgente
obligación
de
disponer
y
adoptar
las
medidas
necesarias
para
asegurar
el
cumplimiento
de
los
requisitos
mínimos
de
cualificación
y
operación
exigidos
por
la
normativa
vigente
a
todos
los
actores
de
la
cadena
de
comercialización
de
combustibles,
incluyendo
los
distribuidores
mayoristas
de
combustibles
líquidos.
CONSIDERANDO:
Que
el
artículo
8
del
de
fecha
veinticinco
(25)
de
julio
de
dos
mil
veintidós
(2022),
que
establece
el
Reglamento
de
Aplicación
de
la
Ley
No.
17-19
para
la
Erradicación
del
Comercio
Ilícito,
Contrabando
y
falsificación
de
Productos
Regulados,
dispone
que
los
órganos
reguladores
supervisaran
a
los
importadores,
distribuidores,
transportistas,
almacenadores
y
comerciantes
de
productos
regulados,
y
realizaran
inspecciones
aleatorias
sobre
sus
operaciones
para
asegurar
el
cumplimiento
de
las
disposiciones
legales
vigentes
y
la
regularidad
de
las
licencias,
autorizaciones
o
permisos.
CONSIDERANDO:
Que
el
párrafo
II
del
artículo
8
del
citado
establece
que
las
licencias,
autorizaciones
o
permisos
serán
suspendidos
de
manera
automática
si
durante
la
inspección
y
vigilancia
aleatoria,
se
comprueba
que
los
registros
y
controles
fiscales
o
los
requerimientos
de
calidad
o
seguridad
han
sido
alterados,
no
se
aplican
o
han
sido
falseados.
CONSIDERANDO:
Que
mediante
el
oficio
No.
18290
de
fecha
diecisiete
(17)
de
junio
de
dos
mil
veinte
(2020),
por
la
Dirección
de
Supervisión
y
Control
de
Elaciones
de
Expendio
de
este
Página
3
de
2022
/
ELIEZER
GAS,
S.R.L./
LICENCIA
PARA
OPERAR
PLANTA
ENVASADORA
DE
GAS
LICUADO
DE
PETRÓLEO
(GLP)
/
"ENVASADORA
ELIEZER
GAS,
BANI,
PERAVIA".
Rfpublic.i
Dominic.m.i
Bella
Visia
Aparrado
Po>rai
10121
DFSDH
Pl
INTERIOR
509
200
5171
Santo
Domingo
MICM.GOB.DO
Avenida
27
de
Febrero
>06
TFl
fFONO
909
695
5171
Torre
MICM
t
ám
GOBIERNO
DE
LA
REPÚBLICA
DOMINICANA
INDUSTRIA,
COMERCIO
YMIPYMES
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
en
respuesta
a
la
solicitud
de
fecha
dieciséis
(16)
de
octubre
de
dos
mil
diecinueve
(2019),
mediante
el
cual,
indica
los
resultados
de
la
Evaluación
Técnica
de
Funcionalidad
de
Terreno,
correspondiente
al
proyecto
de
Estación
de
Expendio
de
Gas
Licuado
de
Petróleo
(GLP),
denominada
"Envasadora
EÜezer
Gas",
ubicada
la
carretera
Sánchez,
Galeón,
municipio
Bani,
provincia
Peravia,
República
Dominicana,
coordenadas
de
linderos:
El.354080,
NI.2024169,
E2.354133,
N2.2024132,
E3.354077,
N3.2024049,
E4.354026
y
N4.2024085,
propiedad
de
la
sociedad
comercial
ELIEZER
GAS,
S.R.L.
en
CONSIDERANDO:
Que
mediante
la
Resolución
No.187-2021,
de
fecha
diez
(10)
de
septiembre
de
dos
mil
veintiuno
(2021),
dictada
por
este
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
otorgó
a
favor
de
la
sociedad
comercial
ELIEZER
GAS,
S.R.L.,
la
Autorización
para
el
Inicio
de
Trámites
de
Obtención
de
Permisos
ante
las
entidades
gubernamentales
y
municipales
que
intervienen
en
las
etapas
que
anteceden
al
proceso
de
construcción
del
proyecto
de
envasadora
de
Gas
Licuado
de
Petróleo
(GLP)
denominada
"Proyecto
Eliezer
Gas",
ubicado
en
la
carretera
Sánchez,
sección
Galeón,
municipio
Bani,
provincia
Peravia,
República
Dominicana,
coordenadas:
E1.354080,
N1.2024169,
E2.354133,
N2.2024132,
E3.354077,
N3.2024049,
E4.354026y
N4.2024085.
CONSIDERANDO:
Que
mediante
el
oficio
No.
73300
(CONST-73300-2022
)
de
fecha
veintiocho
(28)
de
abril
de
dos
mil
veintidós
(2022),
emitida
por
la
Dirección
de
Supervisión
y
Control
de
Estaciones
de
Expendio
de
este
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
otorgó
a
favor
de
la
sociedad
comercial
mediante
la
cual
emite
su
no
objeción
a
la
construcción
al
proyecto
de
la
Estación
de
Expendio
de
Gas
Licuado
de
Petróleo
(GLP),
denominada
"Estación
Eliezer
Gas,
S.R.L.",
ubicado
en
la
carretera
Sánchez,
sección
Galeón,
municipio
Bani,
provincia
Peravia,
República
Dominicana,
coordenadas:
El.354080,
N2.2024132,
E3.354077,
N3.2024049,
E4.354026,
N4.2024085.
NI.2024169,
E2.354133,
CONSIDERANDO:
Que
mediante
el
oficio
No.
79644
de
fecha
quince
(15)
de
agosto
de
dos
mil
veintidós
(2022),
la
Dirección
de
Supervisión
y
Control
de
Estaciones
de
Expendio
de
este
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
indica
los
resultados
de
la
Evaluación
Técnica
Final,
correspondiente
al
proyecto
de
Estación
de
Expendio
de
Gas
Licuado
de
Petróleo
(GLP),
denominada
"Envasadora
EÜezer
Gas,
S.R.L",
ubicada
en
la
carretera
Sánchez,
km.
5,
sector
Gallón,
municipio
Bani,
provincia
Peravia,
República
Dominicana,
coordenadas
UTM:
El.354080.79
N3.2024050.05;
E4.354027.55
-
N4.2024084.08,
propiedad
de
la
sociedad
comercial
ELIEZER
GAS,
S.R.L.
/¡/VX
N2.2024131.08;
E3.354080.53
Nl.2024166.04;
E2.354133.65
Página
4
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14
2022
/
ELIEZER
GAS,
S.R.L./
LICENCIA
PARA
OPERAR
PLANTA
ENVASADORA
DE
GAS
LICUADO
DE
PETRÓLEO
(GLP)
/
"ENVASADORA
ELIEZER
GAS,
BANI,
PERAVIA".
Torre
MiCM
Avenida
27
de
Felirero
i06
TFI.PFONO
ñ09
695
517!
IWÜa
Vista
Aparrado
Posral
10121
DFSDE
Hl.
INTFRIOR
(509
700
5171
Santo
Domingo
MICM.GOB.DO
República
Dominicana
i
Íífáí^
GOBIERNO
DE
LA
REPÚBLICA
DOMINICANA
INDUSTRIA,
COMERCIO
YMIPYMES
VISTA:
La
votada
y
proclamada
por
la
Asamblea
Nacional
e!
trece
(13)
de
junio
de
dos
mil
quince
(2015).
VISTA:
La
Ley
No.
37-17,
que
reorganiza
el
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
de
fecha
cuatro
(4)
de
febrero
de
dos
mil
diecisiete
(2017),
modificada
por
La
Ley
No.
10-21
de
fecha
once
(11)
de
febrero
de
dos
mil
veintiuno
(2021).
VISTA:
La
Ley
No.
520-73
que
establece
la
regulación
y
apertura
del
mercado
nacional
de
Gas
Licuado
de
Petróleo
(GLP)
de
fecha
veinticinco
(25)
de
mayo
de
mii
novecientos
setenta
y
tres
(1973).
VISTA:
La
Tributaria
de
Hidrocarburos
de
fecha
veintinueve
(29)
de
noviembre
de
dos
mil
(2000),
que
establece
un
gravamen
a
los
combustibles
fósiles
y
derivados
del
petróleo,
y
el
Decreto
No.
307-01
que
aprueba
su
Reglamento
de
Aplicación
de
fecha
dos
(2)
de
marzo
de
dos
mii
uno
(2001),
modificado
por
los
Decretos
Nos.
176-04
de
fecha
cinco
(5)
de
marzo
de
dos
mil
cuatro
(2004)
y
No.
307-22
de
fecha
catorce
(14)
de
junio
de
dos
mil
veintidós
(2022).
VISTA;
La
de
Libre
Acceso
a
la
Información
Pública
de
fecha
veintiocho
(28)
de
julio
de
dos
mil
cuatro
(2004)
y
su
reglamento
de
aplicación
instituido
mediante
el
de
fecha
veinticinco
(25)
de
febrero
de
dos
mil
cinco
(2005).
VISTA:
La
Ley
No.
247-12,
Orgánica
de
ía
Administración
Pública
de
fecha
nueve
(9)
de
agosto
de
dos
mil
doce
(2012).
VISTA:
La
sobre
los
Derechos
de
las
Personas
en
sus
relaciones
con
la
Administración
y
de
Procedimiento
Administrativo
de
fecha
seis
(6)
de
agosto
de
dos
mil
trece
(2013).
VISTA:
La
para
la
Erradicación
del
Comercio
Ilícito,
Contrabando
y
Falsificación
de
Productos
Regulados,
de
fecha
veinte
(20)
de
febrero
de
dos
mil
diecinueve
(2019),
y
su
Reglamento
de
Aplicación
instituido
mediante
el
de
fecha
veinticinco
(25)
de
julio
de
dos
mil
veintidós
(2022);
VISTA:
La
Ley
No.
160-21
que
crea
el
Ministerio
de
la
Vivienda
y
Edificaciones
(MIVED),
de
fecha
primero
(1®^°)
de
agosto
de
dos
mil
veintiuno
(2021).
^/¡A
Página
5
de
14
2022
/
ELIEZER
GAS,
S.R.L/
LICENCIA
PARA
OPERAR
PLANTA
ENVASADORA
DE
GAS
LICUADO
DE
PETRÓLEO
(GLP)
/
"ENVASADORA
ELIEZER
GAS,
BANI,
PERAVIA".
República
Dominicana
Sanro
Domingo
MICM.GOB.DO
Avenuia
27
de
Febrero
506
Beiia
Vista
Aparrado
Postal
10121
DESDP
El.
INTERIOR
009
?00
5171
Torre
MICM
TELÉFONO
009
685
5171
t
Ííáí^
GOBIERNO
DE
LA
REPÚBLICA
DOMINICANA
INDUSTRIA,
COMERCIO
Y
MIPYMES
VISTO:
El
Reglamento
No.
2119-72,
de
fecha
veintinueve
(29)
de
marzo
de
mil
novecientos
setenta
y
dos
(1972),
sobre
regulación
y
uso
de
los
gases
licuados
de
petróleo
(GLP);
VISTO:
El
Decreto
No.
100-18,
que
establece
el
Reglamento
Orgánico-Funcional
del
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM)
de
fecha
seis
(6)
de
marzo
de
dos
mil
dieciocho
(2018).
VISTO:
El
que
establece
el
Reglamento
del
Procedimiento
Administrativo
Sancionador
del
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM)
de
fecha
siete
(7)
de
junio
de
dos
mil
diecinueve
(2019).
VISTO:
El
que
designa
al
señor
Víctor
O.
Bisonó
Haza,
como
ministro
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM)
de
fecha
dieciséis
(16)
de
agosto
de
dos
mil
veinte
(2020).
VISTA:
La
Resolución
No.
70-17,
mediante
la
cual
se
establecen
los
Cargos
que
presta
este
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
a
través
de
la
Dirección
de
Supervisión
y
Control
de
Estaciones
de
Expendio
de
combustibles
dictada
en
fecha
veinticuatro
(24)
de
marzo
de
dos
mil
diecisiete
(2017).
VISTA:
La
Resolución
No.
73-17,
mediante
la
cual
se
establece
un
procedimiento
para
la
construcción
y
operación
de
estaciones
de
expendio
de
combustibles
y
plantas
envasadoras
de
GLP
se
implementa
un
nuevo
formato
de
autorización
para
inicio
de
trámites
de
obtención
de
permisos
en
sustitución
del
formulario
MOOll,
dictada
por
este
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
en
fecha
veintiocho
(28)
de
marzo
de
dos
mil
diecisiete
(2017).
VISTA;
La
Resolución
No.
297-19,
emitida
por
este
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
en
fecha
cuatro
(4)
de
octubre
de
dos
mil
diecinueve
(2019).
VISTA:
La
Resolución
No.
311-21,
de
fecha
catorce
(14)
de
diciembre
de
dos
mil
veintiuno
(2021),
que
modifica
la
vigencia
de
las
licencias
que
habilitan
y
regulan
la
cadena
de
comercialización
de
combustibles
otorgadas
por
el
ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM).
VISTA:
La
copia
fotostática
del
oficio
No.
18290
de
fecha
diecisiete
(17)
de
junio
de
dos
mil
veinte
(2020)
mediante
el
cual
la
Dirección
de
Supervisión
y
Control
de
Estaciones
de
Expendio
de
este
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
indica
los
resultados
de
la
Página
6
de
14
2022
/
ELIEZER
GAS,
S.R.L./
LICENCIA
PARA
OPERAR
PLANTA
ENVASADORA
DE
GAS
LICUADO
DE
PETRÓLEO
(GLP)
/
"ENVASADORA
ELIEZER
GAS,
BANI,
PERAVIA".
Avenida
2/
cié
Febrero
106
TELÉFONO
B09
fi
fi
S
5i71
bella
Vis!.)
Aparrado
Posral
10121
DESDE
El
INTERIOR
sos
700
5171
Santo
Domingo
MiCM.GOB.DO
Kepi'ibÜca
Dominicana
Torre
MICM
i
GODiERNO
DE
LA
REPÚBLICA
DOMINICANA
INDUSTRIA,
COMERCIO
Y
MIPYMES
comercial
"EHezer
Gas"Ho.
512745
expedido
por
la
Dirección
de
Signos
Distintivos
de
la
Oficina
Nacional
de
la
Propiedad
Industrial
(ONAPI).
VISTA:
La
copia
fotostática
del
acta
de
inscripción
en
el
Registro
Nacional
de
Contribuyentes
(RNC)
expedida
por
la
Dirección
General
de
Impuestos
Internos
(DGII),
mediante
la
cual
se
constata
que
la
sociedad
comercial
ELIEZER
GAS,
S.R.L.,
es
contribuyente
registrado
bajo
el
No.
1-31-79287-1.
VISTA:
La
copia
fotostática
de
la
certificación
No.
C0222953231439
expedida
por
la
Dirección
General
de
Impuestos
Internos
(DGII),
en
fecha
diecisiete
(17)
de
agosto
de
dos
mil
veintidós
(2022),
mediante
la
cual
certifica
que
la
sociedad
comercial
ELIEZER
GAS,
S.R.L.,
se
encuentra
al
día
en
su
declaración
y/o
pago
de
los
impuestos
de
obligaciones
fiscales.
VISTA:
La
copia
fotostática
de
la
certificación
No.
2635437
expedida
por
la
Tesorería
de
la
Seguridad
Social
(TSS),
en
fecha
veinticinco
(25)
de
agosto
de
dos
mil
veintidós
(2022),
mediante
la
cual
certifica
que
la
sociedad
comercial
ELIEZER
GAS,
S.R.L.,
figura
sin
trabajadores
asalariados.
VISTA:
La
copia
fotostática
del
informe
de
los
auditores
independientes
Lie.
Zimón
Bolívar
Amador
Vargas,
correspondiente
a
los
estados
financieros
cortados
al
treinta
y
uno
(31)
de
diciembre
de
dos
mil
veintiuno
(2021);
y
del
formulario
de
declaración
jurada
de
sociedades
(IR-2)
y
anexos
correspondientes
ai
período
fiscal
cortado
al
mes
de
diciembre
de
dos
mil
veintiuno
(2021)
presentados
por
la
sociedad
comercial
ELIEZER
GAS,
S.R.L.
VISTA:
La
copia
fotostática
del
certificado
de
título
sobre
el
inmueble
identificado
como
305244017096,
que
tiene
una
superficie
de
6,376.44
metros
cuadrados,
matrícula
No.
3000388552,
ubicado
en
el
municipio
Bani,
provincia
Peravia,
emitido
por
el
Registro
de
Títulos
de
Bani,
en
fecha
tres
(3)
de
enero
de
dos
mil
veinte
(2020),
mediante
el
cual
se
declara
titular
del
derecho
de
propiedad
el
señor
A5CANIO
MORETA
BAUTISTA.
VISTA:
La
copia
fotostática
del
plano
individual
del
inmueble
identificado
como
305244017096,
que
tiene
una
superficie
de
6,376.44
metros
cuadrados,
matrícula
No.
3000388552,
ubicado
en
el
municipio
Bani,
provincia
Peravia,
elaborado
por
el
agrimensor
Wiison
Moisés
Zapata,
CODIA
No.35492.
VISTA:
La
copia
fotostática
de
la
certificación
de
Estado
Jurídico
del
Inmueble
emitida
por
el
Registro
de
Títulos
de
Bani,
en
fecha
veintiséis
(26)
de
agosto
de
dos
mil
veintidós
(2022),
Página
8
de
14
2022
/
ELIEZER
GAS,
S.R.L./
LICENCIA
PARA
OPERAR
PLANTA
ENVASADORA
DE
GAS
LICUADO
DE
PETRÓLEO
(GLP)
/
"ENVASADORA
ELIEZER
GAS,
BANI,
PERAVIA".
Avenida
27
lie
Febrero
106
TFl.fFONO
R09
6fl5
5171
bella
Vista
Santo
Domingo
MICM.GOB.DO
Repóbiiea
Dominicana
Torre
MICM
Aparrado
Posta!
10121
DFSDE
£l
INTFRIOR
ñ09
?O0
5171
ííáí^
GOBIERNO
DE
LA
REPÚBLICA
DOMINICANA
INDUSTRIA,
COMERCIO
YMIPYMES
mediante
la
cual
hace
constar
que
el
inmueble
identificado
como
305244017096,
que
tiene
una
superficie
de
6,376.44
metros
cuadrados,
matrícula
No.
3000388552,
ubicado
en
el
municipio
Bani,
provincia
Peravia,
es
propiedad
dei
señor
ASCANIO
MORETA
BAUTISTA.
VISTA:
La
copia
fotostática
del
contrato
de
venta
bajo
firma
privada
suscrito
entre
el
señor
ASCANIO
MORETA
BAUTISTA
y
la
sociedad
comercial
ELIEZER
GAS,
S.R.L.,
de
fecha
doce
(12)
de
agosto
de
dos
mil
veintidós
(2022),
sobre
una
porción
de
terreno
de
3,011
metros
cuadrados,
dentro
del
ámbito
del
inmueble
identificado
como
305244017096,
matrícula
No.
3000388552,
ubicado
en
el
municipio
Bani,
provincia
Peravia,
República
Dominicana.
VISTA:
La
copia
fotostática
del
recibo
de
pago
No.
22953212324-8
expedido
por
la
Dirección
General
de
Impuestos
Internos
(DGII),
de
fecha
quince
(15)
de
agosto
de
dos
mil
veintidós
(2022),
mediante
el
cual
hace
consta,
el
pago
de
la
transferencia
inmobiliaria
del
inmueble
No.
22640060053-2,
realizado
por
la
sociedad
comercial
ELIEZER
GAS,
S.R.L.
VISTAS:
La
copia
fotostática
de
la
póliza
de
seguros
No.
RC-338861
de
Responsabilidad
Civil
General,
emitida
por
la
aseguradora
General
de
Seguros,
S.A.,
contratada
por
la
sociedad
comercial
ELIEZER
GAS,
S.R.L.,
vigente
hasta
el
dieciocho
(18)
de
julio
de
dos
mil
veintitrés
(2023),
en
la
cual
se
constata
que
la
Estación
de
Expendio
de
Gas
Licuado
de
Petróleo
(GLP),
ubicada
en
la
carretera
Sánchez,
km.
5,
sector
Galeón,
municipio
Bani,
provincia
Peravia,
República
Dominicana,
tiene
cobertura
bajo
esta.
VISTA:
La
copia
fotostática
del
permiso
sobre
tanque
para
combustible
No.
17-2022
de
fecha
dos
(2)
de
junio
de
dos
mil
veintidós
(2022),
expedido
por
el
Ministerio
de
la
Vivienda
y
Edificaciones
(MIVED),
mediante
el
cual,
se
concede
el
permiso
de
instalación
de
un
(1)
tanque
elevado
para
almacenamiento
de
Gas
Licuado
de
Petróleo
(GLP),
con
capacidad
de
doce
mil
(12,000)
galones,
en
los
terrenos
dentro
del
inmueble
identificado
como
305244017096,
ubicado
en
la
carretera
Sánchez,
municipio
Bani,
provincia
Peravia,
República
Dominicana,
propiedad
de
la
sociedad
comercial
ELIEZER
GAS,
S.R.L.
VISTA:
La
copia
fotostática
de
la
licencia
para
obra
nueva
No.
94159
de
fecha
ocho
(8)
de
junio
de
dos
mil
veintidós
(2022),
emitida
por
el
Ministerio
de
la
Vivienda
y
Edificaciones
(MIVED),
correspondiente
al
proyecto
de
Estación
de
Expendio
de
Gas
Licuado
de
Petróleo
(GLP),
denominada
"Estación
BíezerGas,
S.R.L",
ubicado
en
la
carretera
Sánchez,
km.
5,
sector
Galeón,
municipio
Bani,
provincia
Peravia,
República
Dominicana,
propiedad
de
la
sociedad
comercial
ELIEZER
GAS,
S.R.L.
/1/)0
Página
9
de
14
2022
/
ELIEZER
GAS,
S.R.L./
LICENCIA
PARA
OPERAR
PLANTA
ENVASADORA
DE
GAS
LICUADO
DE
PETRÓLEO
(GLP)
/
"ENVASADORA
ELIEZER
GAS,
BANI,
PERAVIA".
R
Dominic.ina
Sátiro
Domingo
MiCM.GOB.OO
Bella
Vista
Aparrado
l●'o^ral
10121
DFSDF
f.l
INTERIOF?
R09
?00
5171
forre
MICM
Avenida
2/
de
Febrero
S06
TfA
FFONO
ñ09
6f>5
5171
i
rm
GOBIERNO
DE
LA
REPÚBLICA
DOMINICANA
INDUSTRIA,
COMERCIO
YMIPYMES
VISTA:
La
copia
fotostática
del
permiso
ambienta!
No.
3904-20
de
fecha
doce
(12)
de
agosto
de
dos
mil
veinte
(2020),
emitido
por
el
Ministerio
de
Medio
Ambiente
y
Recursos
Naturales
(MIMARENA),
para
la
construcción
y
operación
de
proyecto
de
Estación
de
Expendio
de
Gas
Licuado
de
Petróleo
(GLP),
denominada
"Estación
Eiiezer
Gas,
S.R.L",
dentro
del
inmueble
identificado
como
designación
catastral
No.
305244017096,
ubicado
en
la
carretera
Sánchez,
km
5,
sector
Galeón,
municipio
Bani,
provincia
Peravia,
República
Dominicana,
propiedad
sociedad
comercial
ELIEZERGAS,
S.R.L.
VISTA:
La
copia
fotostática
de
la
certificación
de
renovación
de
no
objeción
No.
DC170220190001
emitida
por
la
Defensa
Civil
de
fecha
veintinueve
(29)
de
septiembre
de
dos
mil
veintidós
(2022),
para
la
instalación
de
una
Estación
de
Expendio
de
Gas
Licuado
de
Petróleo
(GLP),
denominada
"Estación
Eiiezer
Gas,
S.R.L",
ubicado
en
la
carretera
Sánchez,
km.
5,
sector
Galeón,
municipio
Bani,
provincia
Peravia,
República
Dominicana.
VISTA:
La
copia
fotostática
de
la
certificación
de
no
objeción
de
fecha
veinticuatro
(24)
de
febrero
de
dos
mil
veintidós
(2022),
expedida
por
el
Cuerpo
de
Bomberos
de
Bani,
correspondiente
al
proyecto
de
la
Estación
de
Expendio
de
Gas
Licuado
de
Petróleo
(GLP),
denominada
"Estación
Eiiezer
Gas,
S.R.L",
ubicado
en
la
carretera
Sánchez,
km
5,
sección
Galeón,
municipio
Bani,
provincia
Peravia,
República
Dominicana.
VISTA:
La
copia
fotostática
de
la
certificación
de
fecha
veinte
(20)
de
abril
de
dos
mil
veintidós
(2022),
emitida
por
el
Ayuntamiento
del
Municipio
de
Bani,
mediante
la
cual
se
hace
constar
que
en
sesión
ordinaria
de
fecha
diez
(10)
de
octubre
de
dos
mil
dieciocho
(2018),
el
Concejo
de
Regidores
aprobó
el
permiso
de
no
objeción
para
la
instalación
de
la
Estación
de
Expendio
de
Gas
Licuado
de
Petróleo
(GLP),
denominada
"Estación
Eiiezer
Gas,
S.R.L",
ubicado
en
la
carretera
Sánchez
km.
5,
municipio
Bani,
provincia
Peravia,
República
Dominicana.
VISTA:
La
copia
fotostática
de!
contrato
de
subdistribución
de
Gas
Licuado
de
Petróleo
(GLP),
de
fecha
veinticinco
(25)
de
agosto
de
dos
mil
veintiuno
(2021),
suscrito
entre
las
sociedades
comerciales
ENERGÍA
ALTERNATIVA
DEL
PETRÓLEO
EAP,
S.R.L.
y
ELIEZER
GAS,
S.R.L,
mediante
el
cual
se
acuerda
el
retiro
y
suministro
de
Gas
Licuado
de
Petróleo
(GLP).
VISTA:
La
copia
fotostática
del
oficio
No.
73300
(CONST-73300-20
22)
de
fecha
veintiocho
(28)
de
abril
de
dos
mil
veintidós
(2022),
emitida
por
la
Dirección
de
Supervisión
y
Control
de
Estaciones
de
Expendio
de
este
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
mediante
la
cual
emite
su
no
objeción
a
la
construcción
al
proyecto
de
la
Estación
de
Expendio
de
Gas
Licuado
de
Petróleo
(GLP),
denominada
"Estación
Eiiezer
Gas,
S.R.L",
ubicado
en
la
carretera
Página
10
de
14
2022
/
ELIEZER
GAS,
S.R.L./
LICENCIA
PARA
OPERAR
PLANTA
ENVASADORA
DE
GAS
LICUADO
DE
PETRÓLEO
(GLP)
/
"ENVASADORA
ELIEZER
GAS,
BANI,
PERAVIA".
República
Düminican.T
Sátiro
nominal)
MICM.COB.OO
y\vemda
27
de
Febrero
S06
TELÉFONO
809
885
5!71
bella
Visia
Aparrado
Posral
10121
OESOr
Ft.
INTERIOR
809
200
5171
Torre
MICM
t
GOBIERNO
DE
LA
REPÚBLICA
DOMINICANA
INDUSTRIA,
COMERCIO
YMIPYMES
Sánchez,
sección
Galeón,
municipio
Bani,
provincia
Peravia,
República
Dominicana,
coordenadas:
El:354080,
Nl;2024169,
E2:354133,
N2:2024132,
E3:354077,
N3:2024049,
E4:354026,
N4:2024085,
propiedad
de
la
sociedad
comercial
ELIEZER
GAS,
S.R.L.
VISTA:
La
copia
fotostática
del
informe
de
evaluación
de
riesgo,
elaborado
por
los
ingenieros
Héctor
Jiménez
Roedan
y
Pedro
Reynoso,
en
fecha
veintidós
(22)
de
junio
de
dos
mil
veintidós
(2022),
correspondiente
al
proyecto
de
la
Estación
de
Expendio
de
Gas
Licuado
de
Petróleo
(GLP),
denominada
"Estación
Biezer
Gas,
S.R.L",
ubicado
en
la
carretera
Sánchez,
sección
Galeón,
municipio
Bani,
provincia
Peravia,
República
Dominicana.
VISTO:
El
original
del
informe
técnico
de
evaluación
final
de
fecha
cinco
(5)
de
julio
de
dos
mil
veintidós
(2022),
expedido
por
el
Departamento
Técnico
de
la
Dirección
de
Supervisión
y
Control
de
Estaciones
de
Expendio
de
este
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
correspondiente
al
proyecto
de
la
Estación
de
Expendio
de
Gas
Licuado
de
Petróleo
(GLP),
denominada
"Estación
Eiiezer
Gas,
S.R.L
",
ubicado
en
la
carretera
Sánchez,
sección
Galeón,
municipio
Bani,
provincia
Peravia,
República
Dominicana,
propiedad
de
la
sociedad
comercial
ELIEZER
GAS,
S.R.L.
VISTA:
La
copia
fotostática
del
oficio
No.
79644
de
fecha
quince
(15)
de
agosto
de
dos
mil
veintidós
(2022),
la
Dirección
de
Supervisión
y
Control
de
Estaciones
de
Expendio
de
este
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
indica
los
resultados
de
la
Evaluación
Técnica
Final,
correspondiente
al
proyecto
de
Estación
de
Expendio
de
Gas
Licuado
de
Petróleo
(GLP),
denominada
"Envasadora
Eiiezer
Gas,
S.R.L",
ubicada
en
la
carretera
Sánchez,
km.
5,
sección
Galión,
municipio
Bani,
provincia
Peravia,
República
Dominicana,
coordenadas
UTM:
El.354080.79,
NI.2024166.04,
E2.354133.65,
N2.2024131.08,
E3.354080.53,
N3.2024050.05,
E4.354027.55
y
N4.2024084.08,
propiedad
de
la
sociedad
comercial
ELIEZER
GAS,
S.R.L.
VISTO:
El
original
del
oficio
No.
4606
de
fecha
seis
(6)
de
septiembre
de
dos
mil
veintidós
(2022),
mediante
el
cual
la
Dirección
de
Supervisión
y
Control
de
Estaciones
de
Expendio,
remite
a
la
Dirección
Jurídica
el
expediente
y
a
su
vez
emite
su
no
objeción
correspondiente
al
proyecto
de
Estación
de
Expendio
de
Gas
Licuado
de
Petróleo
(GLP),
denominada
"Envasadora
EHezer
Gas,
S.R.L",
ubicada
en
el
municipio
Bani,
provincia
Peravia,
República
Dominicana,
coordenadas
E:354080.00,
N:2024105.00,
propiedad
de
la
sociedad
comercial
ELIEZER
GAS,
S.R.L.
VISTOS:
Todos
los
documentos
que
componen
el
expedien^
Página
11
de
H
2022
/
ELIEZER
GAS,
S.R.L./
LICENCIA
PARA
OPERAR
PLANTA
ENVASADORA
DE
GAS
LICUADO
DE
PETRÓLEO
(GLP)
/
"ENVASADORA
ELIEZER
GAS,
BANI,
PERAVIA".
Rtipijblica
Dominicana
Santo
Domingo
MICM.GOB.DO
Bella
Vista
Aparrado
Postal
10121
DFSDF
Fl.
INTERIOR
B09
?0O
5171
Avenida
27
de
Febrero
306
TELÉFONO
S09
6S5
5171
Torre
MICM
t
rm
GOBIERNO
DE
LA
REPÚBLICA
DOMINICANA
INDUSTRIA,
COMERCIO
YMIPYMES
EN
EJERCICIO
DE
SUS
ATRIBUCIONES
LEGALES
RESUELVE:
ARTÍCULO
PRIMERO:
OTORGA,
a
la
sociedad
comercial
ELIEZER
GAS,
S.R.L.,
entidad
titular
del
Registro
Nacional
de
Contribuyentes
(RNC)
No.
1-31-79287-1,
la
Licencia
de
Operación
de
Establecimiento
de
Estación
de
Expendio
de
Gas
Licuado
de
Petróleo
(GLP),
denominada
"Envasadora
Eilezer
Gas",
que
cuenta
con
dos
(2)
dispensadores,
ubicado
en
la
carretera
Sánchez,
km.
5,
sección
Galeón,
municipio
Bani,
provincia
Peravia,
República
Dominicana,
coordenadas
UTM:
El.354080.79,
NI.2024166.04,
E2.354133.65,
N2.2024131.08,
E3.354080.53,
N3.2024050.05,
E4.354027.55
y
N4.2024084.08.
PÁRRAFO
I:
Se
ordena
a
la
Dirección
de
Supervisión
y
Control
de
Estaciones
a
registrar
y
expedir
la
Constancia
de
Registro
Permanente
en
el
Registro
Nacional
de
Estaciones
de
Expendio
de
Combustibles
del
establecimiento
de
expendio
indicada
en
la
presente
resolución,
de
conformidad
con
las
disposiciones
establecidas
en
el
párrafo
IV
del
Articulo
Segundo
de
la
Resolución
No.
74-17
de
fecha
veintiocho
(28)
de
marzo
de
dos
mil
diecisiete
(2017),
dictada
por
este
Ministerio.
PÁRRAFO
II:
La
licencia
de
operación
de
la
Estación
de
Expendio
de
Gas
Licuado
de
Petróleo
(GLP),
otorgada
a
la
sociedad
comercial
ELIEZER
GAS,
S.R.L.,
mediante
la
presente
resolución
tendrá
un
período
de
vigencia
de
DOS
(2)
AÑOS
contados
a
partir
de
la
fecha
de
emisión
de
esta,
y
podrá
ser
renovada
por
períodos
similares,
sujeto
al
cumplimiento
de
los
requisitos
consignados
en
ei
artículo
tercero,
párrafo
II
de
la
Resolución
No.
73-17,
dictada
en
fecha
veintiocho
(28)
de
marzo
de
dos
mil
diecisiete
(2017)
y
la
Resolución
No.
311-21
de
fecha
catorce
(14)
de
diciembre
de
dos
mil
veintiuno
(2021),
dictadas
por
este
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
las
disposiciones
contenidas
en
la
presente
resolución,
así
como
cualquier
otra
norma
vigente
que
aplique.
PÁRRAFO
III:
La
licencia
de
operación
de
Estación
de
Expendio
de
Gas
Licuado
de
Petróleo
(GLP),
otorgada
mediante
la
presente
resolución
a
la
sociedad
comercial
ELIEZER
GAS,
S.R.L.,
no
podrá
ser
transferida,
cedida
ni
ser
arrendada
a
terceros
sin
la
previa
autorización
del
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
luego
de
que
este
evalúe
que
el
cesionario
cumple
con
los
requisitos
técnicos
y
legales
establecidos
en
la
normativa
vigente
aplicable.
PÁRRAFO
IV:
Cualquier
modificación
a
la
estructura,
cambio
de
tecnología,
incorporación
de
otros
combustibles
a
los
autorizados
por
la
presente
resolución,
nuevas
obras
en
la
estructura,
cambio
de
instalaciones
o
áreas
contiguas
al
área
de
expendiQ,/ampliación
de
la
capacidad
de
#
Página
12
de
14
2022
/
ELIEZER
GAS,
S.R.L/
LICENCIA
PARA
OPERAR
PLANTA
ENVASADORA
DE
GAS
LICUADO
DE
PETROLEO
(GLP)
/
"ENVASADORA
ELIEZER
GAS,
BANI,
PERAVIA".
República
Diiminicana
Aparrado
Postal
10121
DESOr
FA.
INTERIOR
(509
?00
5171
Sanri)
Domingo
MICM.GOB.DO
Torre
MICM
Avenida
27
de
Febrero
306
TEtfEONO
(509
6ñ5
5171
Helia
Vista
i
GOBIERNO
DE
LA
REPÚBLICA
DOMINICANA
INDUSTRIA,
COMERCIO
Y
MIPYMES
almacenamiento,
etc.,
deberá
contar
con
la
previa
autorización
de
este
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM).
PÁRRAFO
V:
La
sociedad
comercial
ELIEZER
GAS,
S.R.L.,
deberá
mantener
vigentes
las
autorizaciones,
permisos,
no
objeciones
así
como
cualquier
otra
habilitación
emitida
por
las
entidades
gubernamentales
y
municipales
que
intervienen
en
las
etapas
intervienen
en
la
operación
de
una
Estación
de
Expendio
de
Gas
Licuado
de
Petróieo
(GLP),
a
saber:
Alcaldías,
Cuerpo
de
Bomberos,
Ministerio
de
la
Vivienda
y
Edificaciones
(MIVED),
Defensa
Civil,
Dirección
General
de
Catastro
y
Ministerio
de
Medio
Ambiente
y
Recursos
Naturales;
y
en
el
caso
de
que
se
trate
de
una
estación
de
Combustibles
que
se
encuentre
en
zona
turística,
en
la
cercanías
de
puertos
o
aeropuertos
los
correspondientes
permisos
del
Ministerio
de
Turismo,
la
Dirección
General
de
Aeronáutica
Civil
y
la
Autoridad
Portuaria
Dominicana,
así
como
cualquier
otra
entidad
que
corresponda.
Quedando
a
responsabilidad
de
la
parte
interesada
obtener
cualquier
otro
permiso
que
fuera
necesario
de
acuerdo
con
la
normativa
aplicable.
PÁRRAFO
VI:
Las
condiciones
para
que
la
sociedad
comercial
ELIEZER
GAS,
S.R.L.,
para
continuar
operando
la
Estación
de
Expendio
de
Gas
Licuado
de
Petróleo
(GLP)
denominada
"Envasadora
EHezer
Gas",
otorgada
mediante
la
presente
resolución,
serán
evaluadas
anualmente
por
el
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
a
través
de
la
Dirección
de
Supervisión
y
Control
de
Estaciones
de
Expendio,
a
cuyos
fines
la
sociedad
comercial
ELIEZER
GAS,
S.R.L.,
deberá
efectuar
el
pago
de
los
cargos
por
servicio
que
correspondan.
Si
la
estación
no
supera
la
referida
evaluación
anual,
este
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
podrá
ordenar
la
suspensión
de
la
Licencia
de
Operación
de
Establecimiento
de
Estación
de
Expendio
de
Gas
Licuado
de
Petróleo
(GLP),
hasta
tanto
se
realicen
las
adecuaciones
requeridas
por
la
Dirección
de
Supervisión
y
Control
de
Estaciones
de
Expendio
de
esta
institución.
ARTÍCULO
SEGUNDO:
La
presente
resolución
podrá
ser
suspendida
o
revocada
por
este
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
sin
perjuicio
de
cualquier
otra
sanción
prevista
en
la
normativa
vigente,
en
caso
en
que
se
demuestre
que
la
sociedad
comercial
ELIEZER
GAS,
S.R.L.,
haya
violado
o
infringido
cualquier
regulación
o
normativa
vigente
relacionada
con
la
actividad
de
operación
de
estaciones
de
Expendio
de
Gas
Licuado
de
Petróleo
(GLP),
y
las
normas
de
seguridad
de
estos
establecimientos;
al
amparo
de
las
Leyes
Nos.
37-
17,
que
reorganiza
el
Ministerio
de
Industria,
Comercio
y
Mipymes
(MICM),
de
fecha
cuatro
(4)
de
febrero
de
dos
mil
diecisiete
(2017),
modificada
por
la
No.
10-21,
de
fecha
once
(11)
de
febrero
de
dos
mil
veintiuno
bo21),
17-19
para
la
Erradicación
de!
Comercio
Ilícito,
Contrabando
y
Falsificación
de
Productos
Regulados,
de
fecha
veinte
(20)
de
febrero
de
dos
mil
7^
Página
13
de
14
2022
/
ELIEZER
GAS,
S.R.L./
UCENCIA
PARA
OPERAR
PLANTA
ENVASADORA
DE
GAS
LICUADO
DE
PETRÓLEO
(GLP)
/
"ENVASADORA
ELIEZER
GAS,
BANI,
PERAVIA".
Repijblk'.i
Dominicana
Sanro
Domingo
MICM.GOB.OO
Apartado
Posral
10121
DESDFi
EL
iNTERtOR
809
300
5171
Avenida
2?
de
Febrero
506
TELÉFONO
S09
685
5171
Helia
Vista
Torre
MICM

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