Epílogo

AutorBenjamín Rodríguez Carpio
Páginas335-339
335
Epílogo
Cuando publiqué la primera ed ición de esta obra a finales de 2007,
manifesté en m i satisfacción por haber pod ido completar una especie de cá-
tedra de todas y cada una de las disposiciones de la Ley del Notar iado, al
tiempo que expresaba mis dudas sobre si los objetivos perseg uidos por quie-
nes me honraran con su lect ura quedarían satisfechos. Solo puedo decir: que
me juzgue cada lector; yo por mi parte he hecho mi mejor esfuerzo, dentro
de mis li mitaciones.
De todos modos, en e ste último pase de revista, quisiera retomar al-
gunas modificaciones a la Ley del Notariado que sugerí al fi nal de la prime-
ra edición y que conservan su vigencia, más de tres a ños después. Afirmo de
nuevo que no soy partidario de la sustitución total de sus disposiciones en
nombre de la novedad. En cambio, sí creo que se debe actualizar el conten i-
do de algunos ar tículos que resultan obsoletos o que no son suficientes para
lograr los objetivos deseados en cada caso.
En ese orden de ideas, seña lo aquí, sin pretender ser exhaustivo, al-
gunas modificaciones que a mi juicio pudiera n operarse en una próxima re-
forma a nuestra Ley del Not ariado:
- Los montos de las multas que aparecen en los artícu los 8, 20, 24,
29, 39 y 60 deben ser actualizados; también debería da rse potestad
a la Suprema Corte de Just icia, para ajustar los mismos por inf la-
ción, quizás conforme el mecanismo establecido por el artícu lo 327
del Código Tributario;
- Pudiera añadirse un pár rafo al art ículo 1, para consagrar legalmen-
te la potestad para el Not ario de efectua r constataciones, haciéndo -

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