Decreto Nº 236-22. Que establece el reglamento orgánico y funcional del ministerio de la vivienda, hábitat y edificaciones.

Fecha de disposición13 Mayo 2022
Número de Decreto236-22
Fecha de publicación15 Mayo 2022
Número de Gaceta11066
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Dec. núm.236-22 que establece el Reglamento Orgánico y Funcional del Ministerio de
la Vivienda, Hábitat y Edificaciones. G. O. No. 11066 del 5 de mayo de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 236-22
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República Dominicana establece en su
artículo 134 que “para el despacho de los asuntos de gobierno habrá los ministerios que sean
creados por ley”.
CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 247-12, Orgánica de la Administración Pública,
dispone en su artículo 24 que los ministerios son los órganos de planificación, dirección,
coordinación y ejecución de la función administrativa del Estado y la autoridad superior en
el ámbito que le corresponda.
CONSIDERANDO: Que mediante el artículo 5 de la Ley núm. 160-21 se crea el Ministerio
de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED) como órgano de planificación, dirección,
coordinación y ejecución de la función administrativa del Estado para establecer las políticas,
programas y diseño de estrategias e instrumentos en materia de construcción de vivienda,
hábitat, asentamientos humanos, construcción y reconstrucción de edificaciones del Estado
y los equipamientos y obras conexas, así como fomentar las asociaciones público-privadas o
derivadas del fideicomiso en materia de vivienda en el territorio nacional.
CONSIDERANDO: Que el Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones ha sido
creado con el objetivo de establecer las políticas, principios, programas, planificación,
estrategias e instrumentos en materia de vivienda, hábitat, asentamientos humanos dignos, la
construcción de edificaciones del Estado dominicano, así como los equipamientos que
resulten necesarios para el interés general de la Nación.
CONSIDERANDO: Que, por mandato expreso del artículo 98 de la citada Ley núm. 160-
21, el Reglamento para la conformación de la estructura orgánica y funcional del Ministerio
de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED) será elaborado y sometido al presidente
de la República en un plazo de seis meses, siguiendo las disposiciones establecidas en la Ley
núm. 247-12, Orgánica de la Administración Pública.
CONSIDERANDO: Que se hace necesario definir y delimitar el alcance del Reglamento
Orgánico y Funcional para normatizar el nivel competencial, organizacional, operativo y
estructural que le corresponden al Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones, a su
ministro, a sus viceministros, directivos, autoridades y demás servidores públicos que lo
conformen.
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CONSIDERANDO: Que la estructura organizativa del Ministerio de la Vivienda, Hábitat y
Edificaciones (MIVHED) debe estar orientada en función de la misión, objetivos y
estrategias institucionales, tomando en cuenta las modernas corrientes de gestión de la
Administración Pública, a los fines de racionalizar los recursos disponibles y cumplir con
eficiencia y eficacia su rol, atendiendo a los lineamientos de su plan estratégico y en
coherencia con la Estrategia Nacional de Desarrollo.
CONSIDERANDO: Que el establecimiento de las funciones y atribuciones de sus
viceministerios y direcciones adscritas al despacho del ministro contribuyen a una mejor
supervisión de los sectores a su cargo, así como a precisar los mecanismos de coordinación
con sus entidades adscritas y aquellas relacionadas, según sea el caso.
CONSIDERANDO: Que, dentro de los principios generales dictados por el artículo 33 de
la indicada Ley núm. 247-12 a los entes y órganos que conforman la Administración Pública,
se encuentra la exigencia a los ministerios de habilitar un gabinete ministerial con el objetivo
de garantizar la coordinación, planificación, seguimiento, evaluación y control de las
políticas públicas en su área de competencia.
CONSIDERANDO: Que, del 11 al 27 de abril de 2022, el presente Reglamento estuvo
sometido a un procedimiento de consulta pública, conforme a las disposiciones de la Ley
núm. 200-04, General de Libre Acceso a la Información Pública; la Ley núm. 107-13, sobre
los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento
Administrativo, y del Reglamento de Aplicación de la Ley General de Libre Acceso a la
Información Pública.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 344, del 29 de julio de 1943, que establece un procedimiento especial
para las Expropiaciones Intentadas por el Estado, el Distrito de Santo Domingo o las
Comunes.
VISTA: La Ley núm. 1832, del 3 de noviembre de 1948, que instituye la Dirección General
de Bienes Nacionales.
VISTA: La Ley núm. 4314, del 22 de octubre de 1955, que regula la prestación, aplicación
y devaluación de los valores exigidos en los depósitos por los dueños de casas a sus
inquilinos.
VISTA: La Ley núm. 5574, del 13 de julio de 1961, que crea el Instituto de Auxilios y
Viviendas (modificada).
VISTA: La Ley núm. 472, del 2 de noviembre de 1964, que constituye en Bien de Familia
los inmuebles adjudicados por el Instituto Nacional de la Vivienda (modificada).
VISTA: La Ley núm. 339, del 22 de agosto de 1968, de Bien de Familia (modificada).
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VISTA: La Ley núm. 687, del 27 de julio de 1982, que crea un sistema de elaboración de
reglamentos técnicos para la preparación y ejecución relativos a la Ingeniería, la Arquitectura
y ramas afines.
VISTA: La Ley núm. 64-00, del 18 de agosto de 2000, que crea la Secretaría de Estado de
Medio Ambiente y Recursos Naturales.
VISTA: La Ley núm. 126-02, del 4 de septiembre de 2002, sobre el Comercio Electrónico,
Documentos y Firmas Digitales.
VISTA: La Ley núm. 183-02, del 21 de noviembre de 2002, que aprueba la Ley Monetaria
y Financiera.
VISTA: La Ley núm. 147-02, del 22 de septiembre de 2002, que crea la Política de Gestión
de Riesgos.
VISTA: La Ley núm. 200-04, del 28 de julio de 2004, General de Libre Acceso a la
Información Pública.
VISTA: La Ley núm. 108-05, del 23 de marzo de 2005, de Registro Inmobiliario.
VISTA: La Ley núm. 340-06, del 18 de agosto de 2006, sobre Compras y Contrataciones de
Bienes, Servicios, Obras y Concesiones y sus modificaciones.
VISTA: La Ley núm. 423-06, del 17 de noviembre de 2006, Orgánica de Presupuesto para
el Sector Público.
VISTA: La Ley núm. 498-06, del 27 de diciembre del 2006, que instituye el Sistema
Nacional de Planificación e Inversión Pública.
VISTA: La Ley núm. 496-06, del 28 de diciembre de 2006, que crea la Secretaría de Estado
de Economía, Planificación y Desarrollo (SEEPYD), hoy Ministerio de Economía,
Planificación y Desarrollo (MEPYD).
VISTA: La Ley núm. 5-07, del 8 de enero de 2007, que crea el Sistema Integrado de
Administración Financiera del Estado.
VISTA: La Leynúm. 41-08, del 16 de enero de 2008, de Función Pública, que crea la
Secretaría de Estado de Administración Pública, hoy Ministerio de Administración Pública
(MAP).
VISTA: La Ley núm. 10-07, del 8 de enero de 2007, que instituye el Sistema Nacional de
Control Interno y de la Contraloría General de la República.
VISTA: La Ley núm. 176-07, del 17 de julio de 2007, del Distrito Nacional y los Municipios.

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