Reglamento Nº 416-23. Para la aplicación de la ley núm. 340-06, sobre compras y contrataciones de bienes, servicios y obras. deroga el regl. núm. 543-12. dispone que el presente reglamento, a excepción del articulo 252 y su párrafo, entrará en vigencia a los seis (6) meses a partir de su promulgación.
Fecha de disposición | 14 Septiembre 2023 |
Fecha de publicación | 14 Septiembre 2023 |
Número de reglamento | 416-23 |
Número de Gaceta | 11120 |
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Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras. Deroga el Regl. núm. 543-12. Dispone que
el presente reglamento, a excepción del articulo 252 y su párrafo, entrará en vigencia a
los seis (6) meses a partir de su promulgación. G. O. No. 11120 del 14 de septiembre de
2023.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 416-23
CONSIDERANDO I: Que la eficiencia que demanda el Estado dominicano en materia de
compras y contrataciones exigió disponer de un instrumento jurídico que eliminara las
insuficiencias del marco legal vigente hasta agosto del año 2006 y contribuyera a su
armonización con el derecho internacional y con los métodos más modernos de contratación
pública.
CONSIDERANDO II: Que, en tal sentido, se dictó la Ley núm. 340-06, sobre Compras y
Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras, del 18 de agosto de 2006, modificada
posteriormente, constituyendo un marco jurídico único y homogéneo que incorpora las
mejores prácticas internacionales y nacionales en materia de compras y contrataciones
públicas.
CONSIDERANDO III: Que el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas
(SNCCP) establecido por la Ley núm. 340-06, y sus modificaciones, está relacionado con el
Sistema Integrado de Administración Financiera del Estado (SIAFE).
CONSIDERANDO IV: Que la Ley núm. 340-06, y sus modificaciones, dispone que el
presidente de la República deberá dictar los respectivos reglamentos para su aplicación.
CONSIDERANDO V: Que el actual Reglamento de Aplicación de la Ley núm. 340-06 y
sus modificaciones, fue aprobado mediante el Decreto núm. 543-12, del 6 de septiembre de
2012.
CONSIDERANDO VI: Que desde la entrada en vigencia del Reglamento de Aplicación
núm. 543-12, el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas ha experimentado
su mayor desarrollo y crecimiento, tanto desde la necesidad de imponer controles a la
Administración Pública, como desde su aplicación como política pública para utilizar las
compras del Estado como una herramienta de desarrollo.
CONSIDERANDO VII: Que estos elementos responden a las nuevas tendencias y mejores
prácticas a nivel internacional sobre compras gubernamentales, también empleadas y
desarrolladas por la Dirección General de Contrataciones Públicas como órgano rector del
sistema, así como a la necesidad de unificar la reglamentación dispersa para simplificar su
comprensión y aplicación, en pro de todos los sectores.
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CONSIDERANDO VIII: Que, asimismo, el Gobierno de la República Dominicana ha
reconocido la importancia del uso de la tecnología para promover la mayor transparencia y
rendición de cuentas a la ciudadanía, por ello la Dirección General de Contrataciones
Públicas ha incorporado la tecnología de la información en los procesos de compras y
contrataciones públicas, a través de herramientas prácticas como el Sistema Electrónico de
Contrataciones Públicas (SECP) que, al sistematizar la recepción y evaluación de ofertas,
crea la condiciones para ponderar más ágil y eficientemente la sostenibilidad social,
económica y ambiental de todos los bienes, servicios y obras contratados con fondos
públicos, con el objeto de garantizar herramientas para promover el principio de eficiencia
VISTA: La Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTO: El Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos, Centroamérica y la República
Dominicana (DR-CAFTA, por sus siglas en inglés), ratificado por el Congreso Nacional
mediante la Resolución núm. 357-05 del 9 de septiembre de 2005.
VISTA: La Ley núm. 64-00, sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, del 18 de agosto
de 2000.
VISTA: La Ley núm. 126-02, sobre el Comercio Electrónico, Documentos y Firmas
Digitales, del 4 de septiembre de 2002.
VISTA: La Ley núm. 146-02, sobre Seguros y Fianzas de la República Dominicana, del 9
de septiembre de 2002.
VISTA: La Ley núm. 183-02, que aprueba la Ley Monetaria y Financiera, del 21 de
noviembre de 2002.
VISTA: La Ley núm. 10-04, de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, del 20
de enero de 2004.
VISTA: La Ley núm. 200-04, General de Libre Acceso a la Información Pública, del 28 de
julio de 2004.
VISTA: La Ley núm. 567-05, de Tesorería Nacional, del 30 de diciembre de 2005.
VISTA: La Ley núm. 340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras
y Concesiones, del 18 de agosto de 2006.
VISTA: La Ley núm. 423-06, Orgánica de Presupuesto para el Sector Público, del 17 de
noviembre de 2006.
VISTA: La Ley núm. 449-06, que modifica la Ley núm. 340-06, del 6 de diciembre de 2006.
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VISTA: La Ley núm. 498-06, de Planificación e Inversión Pública, del 28 de diciembre de
2006.
VISTA: La Ley núm. 5-07, que crea el Sistema de Administración Financiera del Estado,
del 8 de enero de 2007.
VISTA: La Ley núm. 10-07, que instituye el Sistema Nacional de Control Interno y de la
Contraloría General de la República, del 8 de enero de 2007.
VISTA: La Ley núm. 176-07, del Distrito Nacional y los Municipios, del 17 de julio del
2007.
VISTA: La Ley núm. 41-08, de Función Pública, del 16 de enero de 2008.
VISTA: La Ley núm. 42-08, sobre Defensa de la Competencia, del 16 de enero de 2008.
VISTA: La Ley núm. 488-08, sobre Régimen Regulatorio para el Desarrollo y
Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), del 19 de
diciembre de 2008.
VISTA: La Ley núm. 1-12, que establece la Estrategia Nacional de Desarrollo 2012–2030,
del 25 de enero de 2012.
VISTA: La Ley núm. 247-12, Orgánica de la Administración Pública, del 9 de agosto de
2012.
VISTA: La Ley núm. 5-13, sobre Discapacidad en la República Dominicana, del 15 de enero
de 2013.
VISTA: La Ley núm. 107-13, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la
Administración y de Procedimiento Administrativo, del 6 de agosto de 2013.
VISTA: La Ley núm. 172-13, que tiene por objeto la protección integral de los datos
personales asentados en archivos, registros públicos, bancos de datos u otros medios técnicos
de tratamiento de datos destinados a dar informes, públicos o privados, del 12 de noviembre
de 2013.
VISTA: La Ley núm. 155-17, contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del
Terrorismo, del 1 de junio de 2017.
VISTA: La Ley núm. 187-17, que modifica los artículos 1, párrafos 1, 2, y 22, y adiciona un
artículo 2 bis a la Ley núm. 488-08, del 28 de julio de 2017.
VISTA: La Ley núm. 21-18, que regula los Estados de Excepción, del 25 de mayo de 2018.
VISTA: La Ley núm. 47-20, de Alianzas Público-Privadas, del 20 de febrero de 2020.
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